BUENOS AIRES.- El Gobierno nacional promulgó la norma que modifica la ley de contrato de trabajo y estipula que las fechas límites para pagar las dos cuotas del aguinaldo serán el 30 de junio y el 18 de diciembre de cada año, respectivamente. Así lo establece la Ley 27.073, sancionada por el Congreso el 10 de diciembre pasado y promulgada con fecha 9 de enero de 2015, que fue publicada ayer en el Boletín Oficial. La norma modifica el artículo 122 del Régimen de Contrato de Trabajo (ley 20.744).

“El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año”, puntualiza la norma. Además, estipula que a fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre y si esa estimación no coincidiere con el salario devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del SAC. “La diferencia que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre”, fija la normativa. (DyN)