Carlos Caramuti y José Dantur, representantes de los jueces capitalinos en el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), dictaminaron que son absolutamente nulas las designaciones de Felipe Cerisola como prosecretario, y de Amalia Paola Salas y de Wenceslao Sebastián Argiró como encargados mayores. Ambos consejeros propusieron a sus pares que los concursos de personal sean convocados de nuevo con un reglamento que garantice la efectiva publicidad y difusión de los procesos, y posibilite la igualdad de oportunidades a los eventuales postulantes. El dictamen ha de ser tratado en la sesión de mañana, a menos que el Consejo resuelva postergar el asunto como ya lo hizo en dos ocasiones.
Los nombramientos cuestionados fueron decididos durante la última audiencia de la gestión anterior con los votos de los entonces legisladores alperovichistas Regino Amado y Adriana Najar; del letrado Martín Tello; y de las juezas Marcela Ruiz (capital) y Raquel Asís (sur). Los ex consejeros Antonio Bustamante y Federico Romano Norri disintieron: según su criterio, correspondía que la nueva composición definiese las designaciones. La ex presidenta Claudia Sbdar no votó porque se retiró antes de que la sesión culminase y el juez Eudoro Albo -fue reemplazado por Caramuti- se abstuvo invocando una amistad manifiesta con Cerisola, que es hijo de Juan Alberto Cerisola, ex rector de la Universidad Nacional de Tucumán.
La integración que se iba guardó silencio sobre la nota que el mismo día de la última sesión había mandado José Adle, el consejero que sustituyó a Bustamante, para alertar sobre los defectos de publicidad de los concursos. Antes tampoco se había expedido respecto de la misiva de la ex jurado Susana Montaldo, a quien le llamó la atención que sólo hubiese dos concursantes (Cerisola y Salas) para los dos cargos con perfil pedagógico. En la transición entre gestiones, los dos colegios de abogados de la provincia criticaron con matices las designaciones. Caramuti y Dantur, por su parte, pidieron a Sbdar que no pusiera en funciones a los nombrados, cosa que finalmente sucedió, aunque sin la intervención de la ex titular del CAM, como informó la secretaria Sofía Nacul.
Crece la sospecha
Frente a este panorama de actos consumados y diferimientos (dos veces el nuevo CAM optó por “patear” para adelante el tema), Caramuti y Dantur anticiparon su posición contraria a la convalidación de los nombramientos. En un documento enviado por correo electrónico a los consejeros, los jueces señalaron que estas designaciones proceden de concursos con vicios insubsanables en la publicidad y en el acto de designación. Específicamente respecto de los procesos de Cerisola y Salas, los magistrados añadieron que el CAM incumplió el reglamento que había diseñado al efecto, que disponía una entrevista con tres finalistas.
Pero el reproche más severo está relacionado con la insuficiente y defectuosa publicidad de las convocatorias. Caramuti y Dantur advirtieron que el CAM decidió informar a la comunidad sobre la apertura de los concursos mediante la publicación de un aviso en la página web institucional durante sólo dos días. “Aparentemente el jueves 23 y el viernes 24 de julio debería haberse realizado la única publicidad en la web del CAM. Decimos aparentemente por cuanto no consta en los expedientes de los respectivos concursos la efectiva publicidad en dicho sitio web”, objetaron. Y expresaron que la inscripción debía tener lugar en los tres días subsiguientes, en un plazo que no daba tiempo para acreditar los requisitos exigidos.
Los consejeros dijeron que la página web del Consejo no era un medio de difusión idóneo para captar la atención de profesionales en Ciencias de la Educación (concursos de Cerisola y Salas): “ello permite pensar que, tal vez, los postulantes realmente inscriptos hayan podido tomar conocimiento más por otros medios informales (...). Esa sola posibilidad da lugar a posibles sospechas (fundadas o no) que atentan contra la transparencia que toda la administración pública, pero, muy especialmente este Consejo, debe preservar en función de la tarea que la Constitución y la ley le asigna: tramitar concursos públicos de antecedentes y oposición para la designación de jueces, fiscales y defensores. Esas posibles sospechas crecen si, luego del concurso insuficientemente publicitado, resultara designada alguna persona vinculada con algún integrante del Consejo Asesor de la Magistratura”. Además, cuestionaron la decisión de ignorar la preocupación de Montaldo al respecto, quien luego renunció a ser jurado de los procesos de Cerisola y Salas.
El otro vicio detectado es que las designaciones fueron adoptadas sin respetar la mayoría de cuatro votos exigida por el orden legal. Caramuti y Dantur acotaron que, según la ley, los representantes del sur -Tello, que sigue en el CAM porque fue reelegido, y Asís- no podían votar en cuestiones administrativas. “Entendemos que los nombramientos devienen nulos y que deben ser revocados por razones de ilegitimidad”, concluyeron antes de manifestar que ni Cerisola ni Salas ni Argiró estaban en condiciones de invocar la adquisición de un derecho porque sólo podían empezar a trabajar por orden de la presidencia del CAM.