Se reglamentó la ley N° 27.333, que declara de interés nacional la sanidad de animales y de vegetales; la prevención, el control y la erradicación de enfermedades y plagas que afecten la producción agropecuaria y forestal nacional, y la producción, inocuidad y calidad de los agroalimentos. “Esta normativa, que promueve reglas de juego más claras, mediante un digesto sanitario y accesible, integrado a la legislación agraria, permitirá afianzar la red sanitaria”, afirmó el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Luis Miguel Etchevehere. Y destacó que se fortalecerá la institucionalización de un actor clave de la sanidad: los entes sanitarios.

La medida robustece el estatus jurídico del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), formaliza sus competencias y establece los mecanismos adecuados para su financiamiento.

“La reglamentación hace que el Senasa pueda trabajar con mejores reglas en cuanto a los temas sanitarios, y fortalecer su rol en la sanidad de nuestros rodeos, cultivos, los ecosistemas y la inocuidad de lo que se produce en todo el territorio nacional”, opinó el presidente del Senasa, Ricardo Negri. Y añadió: “son pasos necesarios para que tengamos cada día un organismo sanitario más fuerte”.