La alta inflación registrada en Argentina llevará a elevar el mínimo no imponible para el Impuesto a las Ganancias en 2022.
A partir de enero, afrontarán esta obligación todos aquellos trabajadores que perciban un salario bruto superior a los $ 225.937.
Este monto surge de la actualización del piso salarial mensual de $150.000 fijado por la ley 27.617. El nuevo cálculo toma el índice salarial Ripte, que alcanzó un 50,62%, según informaron fuentes oficiales a Infobae.
El incremento en las remuneraciones alcanzadas por Ganancias también se da para los salarios mensuales ubicados entre $225.937 y $260.580 brutos. A la vez, no se descontará este impuesto por el Sueldo Anual Complementario (o medio aguinaldo) a aquellos trabajadores cuya remuneración promedio mensual del primer semestre no hayan superado los $225.937.
En junio pasado, para compensar los efectos de la inflación, se fijó un mínimo no imponible de $150.000 para esta carga, cuando se sancionó la normativa que regula Ganancias.
Luego, en septiembre, el Gobierno nacional elevó ese monto hasta $175.000 a través del decreto 620, bajo la forma de un adelanto a cuenta del incremento anual.
Este instrumento había puntualizado que anticipaba de manera parcial la actualización correspondiente al año completo. Por tal motivo, el cálculo de enero se realiza tomando como punto de partida el valor inicial de $150.000 estipulado por el Congreso.
Con la aplicación del 50,62% que surge del índice Ripte se actualiza también el mínimo no imponible, que quedó para 2022 en $252.564,84 por año. A su vez, la deducción por cónyuge se incrementará a $235.457,25 mientras que por hijo es de $118.741,97 y llegará a $237.483,94 en el caso de los hijos incapacitados para el trabajo.