Estos son los primeros decretos que firmó Javier Milei como presidente

Reducción de ministerios y facultades para privatizar y cerrar empresas estatales.

PRIMERAS HORAS. Javier Milei asumió el domingo la conducción del Ejecutivo nacional. PRIMERAS HORAS. Javier Milei asumió el domingo la conducción del Ejecutivo nacional. AFP
11 Diciembre 2023

A unas horas de dar por comenzado su mandato, el Gobierno publicó los primeros decretos del flamante presidente Javier Milei, incluido el DNU que modificó la estructura del Gabinete. En la primera edición del Boletín Oficial de la gestión de La Libertad Avanza, se dieron a conocer los trece decretos que rubricó el jefe de Estado tras tomar posesión del cargo.

En la letra chica, quedaron sentadas las bases para la reducción sensible de la cantidad de ministerios, facultades amplias para aplicar un ajuste de gastos y permitir la privatización y hasta el eventual cierre de empresas públicas.

Uno de esos documentos es el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 8/2023, que estableció la reducción de los 19 ministerios a nueve: Interior; Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; Defensa; Economía; Infraestructura; Justicia; Seguridad; Salud; y Capital Humano.

Además, se publicaron las designaciones de los encargados de esas áreas: Nicolás Posse (Jefatura de Gabinete), Guillermo Francos (Interior), Diana Mondino (Cancillería), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Russo (Salud), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Guillermo Ferraro (Infraestructura) y Sandra Pettovello (Capital Humano).

También se oficializó a Karina Milei como secretaria general de la Presidencia. Finalmente, Milei ratificó un decreto para prohibir la designación o contratación de familiares en el Gobierno.

Las facultades otorgadas a los ministros mediante los DNU

Si se revisa la letra chica de los decretos se puede advertir que a Posse lo facultó para “intervenir, previo a la designación de los directores que actuarán en representación del Estado Nacional, en las empresas y sociedades actuantes en la órbita de los Ministerios y Secretarías que conforman la Administración Pública Nacional”.

También se le otorgó la posibilidad de "establecer los lineamientos e impartir las directivas y recomendaciones a las que deberán ajustar su actuación los titulares de las dependencias del Estado Nacional que posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio de los derechos societarios en las empresas, sociedades del Estado cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica con el objeto de resguardar el interés público general comprometido”.

En cuanto a Caputo, el DNU lo posibilita para "intervenir en el desenvolvimiento de las empresas y sociedades del Estado, entidades autárquicas, organismos descentralizados o desconcentrados y cuentas y fondos especiales, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica, actuantes bajo su órbita, tanto en lo referido a los planes de acción y presupuesto como en cuanto a su intervención, cierre, liquidación, privatización, fusión, disolución o centralización, y en aquellas que no pertenezcan a su jurisdicción, conforme las pautas que decida el Jefe de Gabinete de Ministros".

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