El nuevo juez de Menores del Centro Judicial Concepción: “A trabajar para reinsertar a los menores que delinquen”

Gonzalo Ascárate se refirió a los desafíos y compromisos tras ser designado.

LOS NUEVOS MAGISTRADOS. Gonzalo Ascárate, Guillermo José Di Lella, Matías Graña, Emilio Edgardo Pérez y María Elina Nazar. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN PÚBLICA DE LA CORTE LOS NUEVOS MAGISTRADOS. Gonzalo Ascárate, Guillermo José Di Lella, Matías Graña, Emilio Edgardo Pérez y María Elina Nazar. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN PÚBLICA DE LA CORTE

En Tucumán había hasta ayer cuatro jueces de menores para cubrir toda la provincia. Tres de ellos pertenecen al centro judicial capital, y el cuarto al centro Judicial de Monteros, que estaba subrogando el Centro Judicial Concepción. Por eso, se comienza a cubrir vacantes de esta especialidad. Eso fue lo que sucedió ayer cuando juró como juez Gonzalo Ascárate. Ahora quedan sin titular tres juzgados más, uno en cada uno de los centros judiciales de la provincia. Luego de la ceremonia, Ascárate dialogó con LA GACETA y destacó el trabajo que deben hacer en un área tan sensible. Este fue el diálogo:

- ¿Cómo toma usted esta designación?

- La verdad que estoy muy contento, tras un esfuerzo de tres años, prepararse, estudiar para rendir, exámenes que son de 10 horas de cada uno; en mi caso rendí 28, de los cuales gracias a Dios estuve en 27 ternas. Y muy contento también con el sentido de la responsabilidad que este cargo denota. Hoy estamos jurando para cumplir un rol elemental para la sociedad, que es impartir justicia y a la vez esgrimirse como agentes o gestores de paz social. Creo que el nuevo Código Procesal Penal en la provincia tiene bondades como lo es haber acercado el trabajo, el funcionamiento de Tribunales, en la justicia penal en particular, a la gente, dotándolo de transparencia en las decisiones, de inmediatez. La oralidad tiene muchas ventajas a tal punto que hoy la tasa de resoluciones es de 100%, es decir que causa que ingresa, causa que se resuelve. Va de mi compromiso seguir con esa proactividad, buscando justamente soluciones para que todos los conflictos sociales puedan verse con una respuesta y obviamente tratando de ir cada vez más adelante a lo que es nuestro norte, que a mi entender es el juicio por jurados, que es justamente que la sociedad se involucre y pueda tener decisión directa, digamos, acerca de las causas de índole penal.

- ¿Cómo ve la situación del régimen penal juvenil?

- Es de por sí un tema muy sensible, que despierta muchos debates, pero que nuestro país, a través de tratados internacionales como la Convención de los Derechos del Niño, que tiene jerarquía constitucional, nos da a nosotros las pautas a seguir y los parámetros para poder tener prácticas de judicializante. ¿Qué significa esto? Tener la mayor celeridad posible para que el niño, niña o adolescente en conflicto con la ley penal pueda tener una respuesta retributiva en donde podamos ver una solución y dotarlo de herramientas para la reinserción social, que esa siempre es la finalidad de todas las medidas socioeducativas que se puedan llegar a adoptar o, en su debido momento, si es que excepcionalmente se pueda llegar a declarar la necesidad de imposición de una pena, justamente dotar ese menor de edad para poder volver a la sociedad, obviamente ya alejado del delito. El juzgamiento de menores de edad ya de por sí implica un diálogo interinstitucional con el Ministerio de Desarrollo Social a través de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (Dinayf), con las diferentes secretarías que la componen, la Dirección de la Juventud, para la elaboración de diferentes informes. Respecto de la situación sociocultural y económica, sobre todo también en estas clases de situaciones donde muchas veces vemos estados de extrema vulnerabilidad, en donde el Estado tiene que responder también sobre la medida de todo el contexto en el cual se ha producido la infracción penal. Entonces sobre esa base es para trabajar y para poder dar una respuesta adecuada que, como le dije, está de mi compromiso, la proactividad, poder llegar a sustentar las bases de las profundidades de este nuevo código y sobre todo en la temática del derecho penal juvenil que tan importante es y que estamos tratando de, en la provincia de Tucumán, tener una respuesta inmediata a toda esta clase de dificultades.

- Hay mucha polémica con el tema de la edad de la imputabilidad…

- Lo que es innegable es el efecto estigmatizante que tiene un proceso penal en general y la carcelización. Una persona que está en prisión, privada de su libertad ya tiene un efecto estigmatizante en su persona, en su psiquis, que en el caso de los menores de edad hay que cuidarlo de manera insoslayable. En lo que respecta del diálogo con la sociedad y lo que piensan con respecto de la cárcel, son cuestiones de política criminal que son actos no justiciables y que en definitiva el Congreso de la Nación deberá decidir oportunamente cuáles son las leyes con las que nosotros trabajaremos. Hay cuestiones que exceden a la Justicia. Eso está bueno aclararlo porque por ahí creen que depende del Poder Judicial y en realidad es del Poder Legislativo. La ley 22.278 en su artículo primero está dotado de lo que es la reglamentación de la garantía de culpabilidad que ahí es donde está la inimputabilidad plena hacia menores de 16 años y la relativa hacia mayores de 16 a 18, entonces cualquier cambio o modificación de la legislación nacional tiene que pasar, sí o sí, por el Congreso de la Nación.

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