El Gobierno de Milei anunció un régimen especial de regulación migratoria para venezolanos

Tendrá una vigencia de 90 días y su objetivo será facilitar los trámites de legalización.

FOTO/C5N. FOTO/C5N.
06 Septiembre 2024

En medio de la crisis económica, política y social que vive Venezuela, la administración de Javier Milei estableció un nuevo régimen de flexibilización para la radicación de venezolanos en la Argentina. Tendrá una vigencia de 90 días y su objetivo será facilitar los trámites de legalización.

La disposición 388/2024 fue publicada en el Boletín Oficial (BO) y aplica para aquellos venezolanos que estén en la Argentina desde antes de la medida y que no alcancen los requisitos necesarios para regularizar su situación a través del régimen general. 

Y es que ese camino se complica porque tras las elecciones denunciadas por la oposición como fraudulentas, en las que el presidente Nicolás Maduro se proclamó ganador, el consulado ubicado en Palermo cerró sus puertas y cesó su actividad. La decisión alcanza a aquellos que estén fuera del país también, para que puedan entrar a la Argentina aunque no cuenten con documentación de viaje vigente.

Este nuevo régimen tendrá un plazo de 90 días desde su entrada en vigencia y podrá ser prorrogado por la Dirección Nacional de Migraciones. Según la norma, el interesado en radicarse en Argentina deberá:

- Tramitar la obtención de un turno ante la Dirección Nacional de Migraciones a fin de formalizar la solicitud de residencia al amparo del presente régimen

- En la fecha de turno que le sea asignada, presentarse ante la sede de la Dirección Nacional de Migraciones correspondiente a su domicilio

- En caso de registrar trámite de regularización migratoria iniciado y pendiente de resolución, podrá solicitar su inclusión en el presente régimen mediante la presentación de nota al efecto, sin perjuicio de la facultad de la administración para actuar de oficio, cuando dicho accionar constituyera un beneficio para el extranjero

- En tanto, se deberán presentar los siguientes documentos:

- Pasaporte o cédula de su nacionalidad válido y vigente, o certificado de nacionalidad o instrumento análogo a juicio de la Dirección General de Inmigración emitido por autoridad consular de la República Bolivariana de Venezuela con jurisdicción en la República Argentina.

- En caso de no tenerlo, deberá presentar el Documento Nacional de Identidad argentino para extranjeros vencido, físico o digital, así como también pasaporte o cédula de identidad de su país vencidos por un plazo no mayor a diez años. (Para el caso de niños, niñas y adolescentes se aceptará partida de nacimiento)

- Si el solicitante no contará con ninguno de los documentos enumerados, podrá admitirse acreditación de identidad mediante declaración jurada cuando el extranjero hubiera ingresado al país en forma regular, a través de un paso habilitado con sistema de captura de datos biométricos.

- Constancia de su último legal ingreso al territorio nacional

- En caso de no contar con constancia de ingreso legal, deberá manifestar la fecha y lugar de ingreso al país

- Presentación de cualquier instrumento público que implique la presencia del solicitante en el territorio nacional con anterioridad a la entrada en vigencia del régimen

- Cualquier otro documento que, a juicio de la Dirección Nacional de Migraciones, acredite fehacientemente su permanencia en territorio argentino con anterioridad a la entrada en vigencia de la disposición

- Certificado de carencia de antecedentes penales en la República Argentina

- Certificado de antecedentes penales emitido por autoridad nacional competente de los países donde hubiere residido al menos un año durante los últimos tres años

- Acreditación del domicilio dentro de la jurisdicción de la Dirección Nacional de Migraciones ante la cual se iniciará el trámite de residencia.

- Comprobante de pago de la tasa de radicación

- En caso de terminar el trámite, los beneficiarios obtendrán una residencia temporaria con autorización para permanecer en el país por el término de dos años -con posibilidad de prórroga- o una residencia permanente cuando, adicionalmente a los requisitos previstos, acreditarán que son parientes directos o cónyuge de ciudadanos argentinos.

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