Triple homicidio en Avenida América: “Lencina jamás quiso herir a Delgado”

El tribunal que condenó al policía Facundo Lencina a dos años y medio de condicional expuso los fundamentos de su fallo.

LEGÍTIMA DEFENSA. El tribunal absolvió a Facundo Lencina por disparar mortalmente contra los ladrones Cristian Legname y Alberto Gallardo. LEGÍTIMA DEFENSA. El tribunal absolvió a Facundo Lencina por disparar mortalmente contra los ladrones Cristian Legname y Alberto Gallardo. La Gaceta / fotos de Antonio Ferroni / Diego Aráoz

La sentencia a dos años y medio de prisión condicional junto a los seis años de inhabilitación para portar armas de fuego que recayó sobre el policía Facundo Lencina por el crimen en Avenida América al 1.400 generó diversas opiniones respecto de si la pena endilgada fue o no concordante con el trágico desenlace que dejó el tiroteo. El Tribunal que dirigió el juicio expuso los argumentos para explicar por qué llegaron a tal resolución.

El debate oral no giró en torno de la autoría de Lencina, respecto de los disparos que causaron la muerte de los asaltantes Cristian Legname y Alberto Gallardo y de Lucas Delgado, el joven que estaba practicando actividad física, sino que giró en torno a si la conducta del imputado fue la apropiada, si habría tenido otra alternativa y si se trató o no de legítima defensa.

Tanto el fiscal Carlos Sale, como el querellante Eduardo Galip Falcón y el defensor Augusto Avellaneda plantearon hipótesis distintas, y con ellas la calificación legal y la pretensión punitiva que consideraban adecuada para Lencina. A lo largo de las audiencias las partes produjeron sus pruebas y fue así que los jueces Alejandro Javier Tomas, Lucas Taboada y Sebastián Mardiza resolvieron absolverlo por el homicidio de Legname y Gallardo y condenarlo a una pena condicional por el homicidio culposo en perjuicio de Delgado. El tribunal no sólo informó su sentencia sino que argumentó qué elementos tuvieron en cuenta para tomar su decisión.

Legítima defensa

El encargado de leer los fundamentos del fallo fue el vocal Taboada. Luego de realizar un exhaustivo repaso y análisis de los diferentes testigos, peritos e informes presentados durante las jornadas informó que, a consideración del tribunal, Lencina actuó en legítima defensa en cuanto al crimen de Legname y Gallardo.

“La legítima defensa es un permiso por el cual se le reconoce a todo ciudadano, cuando no se encuentra presente la autoridad, el derecho de defender en forma racional los bienes jurídicos frente a terceros, siempre que dicha agresión no haya cesado”, indicó al comenzar su alocución.

POCA VISIBILIDAD. Una cámara de seguridad demostró que la zona del tiroteo era poco transitada y con vegetación. POCA VISIBILIDAD. Una cámara de seguridad demostró que la zona del tiroteo era poco transitada y con vegetación.

Para los jueces, Lencina jamás pudo advertir que el arma de los asaltantes era una réplica, por eso reaccionó abriendo fuego. “Los peritos señalaron que al arma de los asaltantes se la puede remontar como a una arma de fuego real. A este escenario, se le suma la adrenalina del momento, siendo que el testigo René Benítez dice que vio a uno de los asaltantes apuntarle a la cabeza mientras el que conducía le gritaba “Tirale tirale, es rati”, dijo. Además se refirió a los planteos realizados por la parte acusatoria respecto de que Lencina en vez de disparar podría haberse escondido, pedir auxilio o en su defecto hacer menos disparos. “Igual que como dijo el abogado Avellaneda en sus alegatos de clausura, el análisis del accionar no se lo puede hacer con el diario del lunes, se lo hace con el momento exacto situándose en las circunstancias bajo las que estaba Lencina”, reprochó el magistrado.

Facundo Lencina Facundo Lencina

Otro punto cuestionado fue la cantidad de detonaciones efectuadas por el oficial auxiliar teniendo en cuenta su experiencia. “A criterio del tribunal, el análisis de condición de policía del imputado tiene dos aristas: una de ellas es que se entiende que es un tirador capacitado en la materia, por lo que puede pensarse que 12 disparos resultan excesivos. La otra es que es una persona que hace su vida combatiendo la delincuencia y lógicamente tiene instalada en su psiquis percepciones respecto de las distintas realidades con las que convive habitualmente y, como bien lo explicó él, muchas veces la diferencia entre la vida y la muerte se da en cuestión de segundos”, señaló Taboada.

Acto seguido habló de la racionalidad numérica de disparos. “El acusado se vio apuntado con un arma de fuego mientras uno de los agresores le decía expresamente que lo iban a matar por ser policía. Pretender que él mismo analice en 23 segundos -con la creencia de que su vida estaba en juego- que 12 disparos eran muchos y que tal vez menos disparos eran más razonables me parece que no es adecuado sino arbitrario”.

Fue por esto que el tribunal resolvió absolver a Lencina por el homicidio de Legname y Gallardo.

Homicidio culposo

Los jueces consideraron que Lencina no sólo no quiso acabar con la vida de Delgado sino que ni siquiera notó su presencia en el lugar.

Al expedirse sobre las condiciones de visibilidad, le dio la razón al defensor Avellaneda. “Surge claro que el lugar del hecho tiene mucha vegetación, sobre todo árboles de diferentes tamaños, y también que había poca iluminación; por lo que resulta creíble lo manifestado por el imputado de que nunca advirtió la presencia de Delgado u otros transeúntes en ese momento, no sólo por las condiciones de lugar, sino también porque Lencina llevaba su casco puesto, lo que limita su rango de visión”, fundamentó.

“Lencina jamás tuvo la intención de herirlo, se dio cuando disparaba contra Legname y Gallardo que lo asaltaron. Surge claro que la herida ocasionada es por una imprudencia”, afirmó Taboada y procedió a leer la pena a dos años y medio de condicional.

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