La Corte de Tucumán les puso límites a los operativos de la Policía

Convalidó la nulidad de una condena por errores en la investigación de un robo en la que descubrieron un supuesto transa

PRUEBA DE CAMPO. La mayoría de los procedimientos que se realizaron por narcomenudeo fueron por investigaciones de robo o lesiones. PRUEBA DE CAMPO. La mayoría de los procedimientos que se realizaron por narcomenudeo fueron por investigaciones de robo o lesiones.

La Corte Suprema de Justicia avaló uno de los fallos más polémicos de los últimos tiempos que se generaron desde que se aplica la ley de narcomenudeo. El máximo tribunal convalidó la sentencia que dictó un juez de Impugnación en el llamado Caso Gargiulo, en el que se anuló una condena a un hombre sentenciado a cuatro años de prisión por comercialización de drogas.

En diciembre de 2022, Ignacio Nicolás Gargiulo fue detenido por venta de estupefacientes. Fue sorprendido mientras se investigaba el robo de una moto registrada en Yerba Buena. En noviembre pasado, después de un intenso debate oral, la jueza Ana María Íacono lo encontró culpable y le aplicó una pena de cuatro años de prisión efectiva.

Sus defensores, Patricio Char y Pablo Gargiulo, impugnaron la sentencia, asegurando que había groseras fallas en la investigación policial. Entre otros, plantearon la incongruencia en los horarios en que se realizó la pesquisa; las palabras de testigos desconocidos o que se falsearon algunos de sus datos; y las contradicciones en que recayeron los testigos de actuación, es decir las personas elegidas para controlar el procedimiento.

Anulación

El planteo fue analizado por el juez Carlos Caramuti, que le dio la razón y anuló la condena, ordenando que el sentenciado quedara en libertad. Ante esta resolución, el fiscal José Sanjuán pidió que este fallo sea revisado por la Corte.

El vocal Daniel Leiva, que actuó como preopinante, le dio la razón al magistrado con una larga batería de fundamentos. “La actuación policial sólo es realmente eficiente si se hace con el debido respeto por las garantías constitucionales. Si no, nos encontramos con atropellos de la institución que abriga conductas incompatibles con un Estado democrático y con un Estado constitucional y convencional de derecho”, sostuvo al rechazar el planteo del representante del Ministerio Público. Su postura fue acompañada por sus pares Daniel Leiva y Antonio Estofán.

Importancia

Este fallo tiene una gran importancia si se tienen en cuenta las estadísticas de los operativos que se realizaron desde que está en vigencia la ley de narcomenudeo. Hasta el último día de agosto, de los más de 2.100 procedimientos, sólo 900 fueron realizados por causas de ese delito. El resto fueron allanamientos concretados por otros delitos como robos, amenazas, lesiones y hasta de violencia de género lo que generó todo una discusión sobre su legalidad. La Corte ya fijó postura sobre el tema.

“Pudimos demostrar de manera contundente que el accionar policial estuvo plagado de irregularidades e ilegalidades, que vulneraron gravemente el derecho a la inviolabilidad del domicilio y el debido proceso”, explicó Char. “Celebro que La Corte haya reconocido la arbitrariedad y falta de fundamentación de la sentencia condenatoria, haciendo prevalecer la presunción de inocencia de mi defendido”, añadió.

“Como abogado considero que este fallo envía un mensaje claro a las autoridades encargadas de la investigación criminal: deben respetar escrupulosamente las garantías constitucionales y los procedimientos legales establecidos. Solo así podremos construir un sistema de justicia penal verdaderamente respetuoso de los derechos humanos”, finalizó el profesional.

Oportunidad: “hay que brindarles herramientas”

“El fallo del Caso Gargiulo representa una oportunidad para reflexionar sobre cómo fortalecer el sistema de justicia penal de nuestra provincia, brindando una mayor protección a las garantías constitucionales sin descuidar la eficacia en la lucha contra el narcotráfico”, sostuvo la legisladora Carolina Vargas Aignasse, autora del proyecto de ley para que incorporen al código procesal penal las figuras de denuncia anónima (ya aprobada), agente encubierto y agente revelador que están siendo estudiadas por la comisión de Seguridad de la Legislatura.

La Corte de Tucumán les puso límites a los operativos de la Policía

“Este fallo, lejos de desalentarnos, debe motivarnos a redoblar nuestros esfuerzos. Debemos aprender de los errores cometidos, fortalecer la capacitación y el control de las fuerzas de seguridad, y trabajar de manera coordinada entre los distintos actores del sistema de justicia penal. Solo así podremos construir una sociedad más segura y justa para todos los tucumanos”, añadió.

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