Obras sociales: Anses implementó un nuevo sistema de autorización para descontar aportes

La Resolución 970/2024 se publicó hoy en el Boletín Oficial y aclaró que el beneficiario deberá dar un consentimiento de modo virtual o presencial para que se efectúen los descuentos o mismo para darlos de baja.

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17 Octubre 2024

La Anses le puso un tope a los descuentos de las obras sociales y comenzó a implementar un nuevo sistema de autorización para descontar aportes. A través del Boletín Oficial, se aclaró cómo se deberán hacer los descuentos de "terceras entidades" y cómo los beneficiarios deberán hacer el trámite para autorizarlo.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) avanzó con la autorización digital que deberán hacer los beneficiarios para que les sea descontados importes "extra" de sus haberes que vayan para las obras sociales y también para empresas de seguros.

El beneficiario dará su consentimiento

La Resolución 970/2024 se publicó hoy en el Boletín Oficial y aclaró que el beneficiario deberá dar un consentimiento de modo virtual o presencial para que se efectúen los descuentos o mismo para darlos de baja.

"En igual sentido, en caso de vencimiento o pre cancelación de créditos, los tomadores beneficiarios podrán optar por mantener o dar de baja el descuento de cuota social o afiliación con la respectiva Entidad", dijeron.

Tope para los descuentos

La medid establece límites al proceso de aumento sobre los descuentos a las cuotas de afiliación social-sindical o servicios especiales no crediticios que ingresan las Terceras Entidades a través del sistema de descuentos no obligatorios.

La Anses tutelará la incidencia de los descuentos en los haberes y establece un doble tope para los aumentos afiliación/social/sindical, conformado por una actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y por un porcentaje fijo del haber mínimo.

También se aclaró ue "todas aquellas entidades que soliciten códigos de descuento para otorgar créditos y otros servicios especiales deberán acreditar, como condición previa al inicio de sus operaciones en el sistema a que refiere el presente acto administrativo, que cuentan con respectivos seguros de responsabilidad civil y de caución, toda vez que es imprescindible promover el ingreso de Entidades que ofrezcan la suficiente solvencia financiera y patrimonial, a fin de dotar a la operatoria crediticia de la seguridad jurídica y económica que permita garantizar la operatoria".

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