Juicio contra Yapura Astorga: “¿Había necesidad de delinquir?”, se preguntó el fiscal

Los pedidos a los que se enfrenta el ex intendente de Tafí del Valle, Jorge Yapura Astorga: condena a prisión efectiva, multa y decomiso.

MOMENTO. Yapura Astorga presta atención a las declaraciones. LA GACETA / FOTO DE ANTONIO FERRONI MOMENTO. Yapura Astorga presta atención a las declaraciones. LA GACETA / FOTO DE ANTONIO FERRONI

En caso de ser condenado, el ex intendente de Tafí del Valle y ex legislador justicialista, Manuel Jorge Yapura Astorga, su ex concubina, Nerina Mustafá, y su hijo, Jorge Eduardo Yapura Astorga, no sólo podrían ir a la cárcel, ya que se solicitó para ellos penas de prisión efectiva, sino que además deberán pagar una multa millonaria, y ser pasibles del decomiso de los bienes que adquirieron entre 2011 y 2015, entre ellos autos de alta gama y propiedades, ya que se sospecha que fueron adquiridos con dineros obtenidos mediante ilícitos.

Yapura Astorga, para quien la fiscalía pidió cinco años y seis meses de prisión, está imputado por compras que se realizaron con dinero de la Municipalidad tafinista, cuando él era intendente, y que se realizaban en el comercio Floppy III, que estaba a nombre de su pareja, para quien la fiscalía solicitó cuatro años de prisión. En tanto, para su hijo se pidió una pena de tres años y seis meses de prisión (todos de manera efectiva). También están acusadas otras cinco personas: Sergio Astorga, abogado y director jurídico municipal en 2015; Sonia Saavedra, secretaria de Gobierno; Julio Mercado, entonces contador general de la Municipalidad; Olayo Medina, entonces tesorero general; y Patricio Silva, ex jefe de compras. Los denunciantes Sebastián Luna y Daniel Arnedo, afirmaron que Yapura Astorga, durante los años de su primera gestión al frente del municipio, hizo las compras en forma directa en el comercio Floppy III y su patrimonio registró un enriquecimiento injustificado de $ 3,1 millones en 2015.

Los alegatos

Luego de más de dos meses de audiencias comenzaron los alegatos. El primero en tomar la palabra fue el titular de la Fiscalía, Daniel Marranzino, quien hizo un esbozo de la causa y advirtió sobre el enriquecimiento ilícito. “En estos hechos no hubo influencia de nadie. Ni de terceros ni de la política. Estos delitos no son comunes. Se trata nada más ni nada menos que de la administración de la gestión de un ente oficial como lo es la municipalidad de Tafí del Valle, una ciudad conocida mundialmente. ¿Había necesidad de delinquir?”, se preguntó el fiscal. Y agregó: “Aquí no hubo hechos aislados, se trata de una acción en conjunto. Hay una familia desde antes de 2011 con un cambio patrimonial no estimable. No hay precisión del daño causado. No son hechos casuales”. Marranzino afirmó que “Yapura Astorga era el titular de la administración municipal. Es el autor principal y necesario. El tenia el manejo total de la situación y gozaba del afecto y del consenso de los ciudadanos. De él dependía el manejo y administración de los bienes de Tafí del Valle. El involucró a su pareja y a su hija en toda esta operación”. En ese sentido dijo que el intendente, su pareja y su hijo conformaba “un grupo económico familiar”. “No era una familia que estuviera pasando miseria y asi y todo hay un incremento que no fue justificado”, le dijo el fiscal a los jueces Fabián Fradejas, Gustavo Romagnoli y Luis Morales Lezica. A su turno el auxiliar Rafael Heredia Carreño indicó que “ella (Mustafá) había adquirido dos inmuebles, automotores y el hijo automotores y propiedades. El intendente no registra automotores a su nombre. Él usó el dinero del erario público con maniobras engañosas. Lo que el intendente cobraba era insuficiente como para comprar autos o inmuebles. El no tenía nada a su nombre, pero estaba autorizado a usar los autos y bienes que tenían su concubina y su hijo”. Y aseveró que Yapura Astorga “no presenta declaraciones juradas de 2011 a 2015. No se encuentra justificado su incremento patrimonial. La función de intendente le permitió engrosar el patrimonio familiar. El enriquecimiento ilícito está probado, y para lograrlo se valió de su posición como intendente”. Por su parte, el otro auxiliar fiscal Gerardo Arch explicó que “las compras deben hacerse por licitación pública y eso no se hacía. La ley da excepciones para temas de necesidad y urgencia, pero en estos casos nunca estuvo justificado”. “El armado de las compras a través de necesidad y urgencia tenía como único motivo beneficiar al ex intendente. Yapura Astorga se compraba el mismo la mercadería. Es decir desde la municipalidad a su propio comercio”, dijo, y luego amplió: “No se le daba la oportunidad a la Municipalidad de cotejar precios y luego comprar. En este caso se comerciaba solamente en el negocio del intendente y de su concubina. Hay facturas del mismo día copiadas textuales una a otra para justificar de alguna manera los dineros que se desviaban”, explicó Arch.

Antes de comenzar a ser juzgado, en una entrevista con LA GACETA, Yapura Astorga había negado las imputaciones: “Nadie se puede enriquecer por esos montos. Eran $ 200 por día. Esto es una cuestión de ‘polleras’ (sic), de otro tipo de problemas, y por eso se denuncia. Nunca pudo haber pasado lo que se dice. Todo fue político. Esto no tiene asidero legal. Todo empezó cuando le dije que no a (José) Alperovich por la construcción de un hotel. Ahí empezó esta campaña. Todo esto está afectando mi buen nombre y honor y yo siempre estuve sujeto a Derecho. Estuve 16 años en la Municipalidad y nunca tuve problemas”, advirtió en ese momento el ex intendente.

La jornada de alegatos continuará hoy con las exposiciones del abogado Macario Santamarina, quien tiene a su cargo la defensa de todos los imputados, a excepción de Sonia del Cármen Saavedra, que es representada por el letrado Sebastián Herrera Prieto. Existe la posibilidad de que el juicio culmine el viernes.

Propiedades y autos Mercedes Benz

Según los fiscales, con el dinero mal habido, Nerina Mustafá y Jorge Eduardo Yapura Astorga compraron dos autos Mercedes Benz, dos propiedades en Tafí del Valle, terminaron de pagar en efectivo una casa en Tafí Viejo del Instituto Provincial de la Vivienda, compraron más de 1.400 dólares (al cambio de ese momento). “No pudieron justificar los incrementos patrimoniales.  Antes no tenían autos Mercedes Benz ni propiedades”, afirmó el auxiliar fiscal Rafael Heredia Carreño.

¿Qué se pidió para cada uno de los imputados?

1: Manuel Jorge Yapura Astorga: por ser autor penalmente responsable de los delitos de Negociaciones incompatibles con la Función pública (en interés propio), Administración Fraudulenta por fraude a la Administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público todo ello en concurso ideal, y autor del delito de Enriquecimiento ilícito en concurso real, en perjuicio de la administración pública, se solicitó la pena de cinco años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo,  más la pena de inhabilitación especial perpetua , más la pena de multa del 50% el valor de $ 1.221.284,29 a octubre del año 2015, el que deberá ser actualizado con el ipc publicado por el INDEC al momento de adquirir firmeza la sentencia condenatoria.

2.  Nerina Mustafá: por ser cómplice primario en  los  delitos de Negociaciones incompatibles con la Función pública  en favor de terceros, Administración Fraudulenta por fraude a la Administración pública  todo ello en concurso ideal, y partícipe criminal necesaria por interpósita persona  del delito de Enriquecimiento ilícito en concurso real, en perjuicio de la administración pública, se solicitó la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo,  más la pena  de multa de 50% el valor de $ 1.221.284,29 a octubre del año 2015, el que deberá ser actualizado con el ipc publicado por el INDEC al momento de adquirir firmeza la sentencia condenatoria.

3.  Jorge Eduardo Yapura Astorga: participe criminal necesario por interpósita persona  del delito de Enriquecimiento ilícito  en perjuicio de la administración pública,  se solicitó la pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, más la pena de multa del 50% del valor de $ 1.221.284,29 a octubre del año 2015, el que deberá ser actualizado con el ipc publicado por el INDEC al momento de adquirir firmeza la sentencia condenatoria.

4.  Para Juan Ramón Silva, Oscar Olayo Medina, Sergio Andrés Astorga Lagoria, Sonia del Cármen Saavedra y Julio Antonio Mercado:  por ser autores penalmente responsables de los delitos de Negociaciones incompatibles con la Función pública (en interés de tercero), Administración Fraudulenta por fraude a la Administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público todo ello en concurso ideal en perjuicio de la administración pública, se solicitó la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y costas procesales, más la pena de inhabilitación especial por el plazo de cinco años.

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