Hipotecas divisibles: cómo funciona el sistema que hoy oficializó el Gobierno nacional

En reemplazo del Procrear, el presidente Javier Milei dispuso un nuevo mecanismo para la construcción de viviendas.

PROGRAMA NACIONAL. El Procrear II, en el Manantial Sur. Foto de ARCHIVO Comunicación Pública PROGRAMA NACIONAL. El Procrear II, en el Manantial Sur. Foto de ARCHIVO Comunicación Pública
13 Noviembre 2024

El Gobierno nacional oficializó el sistema de hipotecas divisibles, que reemplaza al Procrear. La nueva norma que se publicó hoy en Boletín Oficial, permitirá que se constituyan hipotecas divisibles sobre inmuebles sujetos a proyectos inmobiliarios para la posterior división y afectación al régimen de propiedad horizontal o conjuntos inmobiliarios.

El Decreto 1017/2024 tiene como objetivo fomentar el crédito, impulsar al sector y a la construcción, y reducir el déficit habitacional. La medida resalta la relevancia del crédito hipotecario para facilitar el acceso a la vivienda, estimular la inversión privada y apoyar la recuperación económica.

También destaca que el sector inmobiliario requiere un contexto de estabilidad macroeconómica, con inflación a la baja y una mejora en los salarios reales. 

El registro de propiedades

Con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda y promover el crecimiento del sector inmobiliario, se consideró necesario simplificar los trámites de subdivisión y registro de propiedades, proponiendo el uso de herramientas legales como las hipotecas divisibles y los derechos reales de superficie.

SIN AVANCE. Procrear II de Tucumán es uno de los proyectos por los cuales las firmas exigen el pago de deuda. SIN AVANCE. Procrear II de Tucumán es uno de los proyectos por los cuales las firmas exigen el pago de deuda. La Gaceta / foto de Analía Jaramillo

En el decreto se remarcó la importancia de una intervención estatal regulada, que permita a las partes pactar la contratación de seguros u otras garantías. En este sentido, se estableció que “las partes podrán acordar la contratación de seguros u otras garantías bajo las condiciones que determinen, ejerciendo su autonomía y respetando siempre las normas de protección para los adquirentes de buena fe”.

Los requisitos que deben cumplir

En el segundo artículo del decreto, se establece que el acto constitutivo de la hipoteca divisible deberá cumplir con los siguientes requisitos:

- El dominio del inmueble deberá constar libre de gravámenes o los existentes deben ser reconocidos por el acreedor.

- Deberá contar con un proyecto que determine la modalidad de la subdivisión, en el que deberá constar el número, características y destino de las futuras unidades funcionales o lotes de terreno, que describa el proyecto urbanístico.

- Deberá contener la conformidad de las partes a fin que, una vez concluida la división del inmueble y transferido el dominio o constituido el derecho real de superficie a favor de cada adquirente, se proceda conjuntamente con la división del crédito y de la garantía hipotecaria que, desde ese momento, afectarán individual e independientemente a cada unidad o lote o superficie por el saldo que le pudiere corresponder a estos últimos.

Los saldos de deudas

También se aclaró que en caso de dividirse el inmueble objeto del desarrollo inmobiliario, el crédito y la hipoteca, podrá transferirse a los respectivos adquirentes, quienes asumirán el saldo de deuda correspondiente a su propia unidad funcional o lote, conforme a las condiciones convenidas con el acreedor hipotecario.

En relación a la constitución de hipotecas divisibles para proyectos inmobiliarios, el decreto remarca que “las partes podrán autorizar su cesión, securitización, integración a fideicomisos financieros y emisión de letras hipotecarias”.

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