Alerta de la Anmat por el uso de un spray desinfectante: de qué marca se trata

El organismo detalló en el Boletín Oficial los motivos por los que prohibió la venta y utilización del producto.

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Hace 3 Hs

A través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) alertó sobre la compra y utilización de un spray desinfectante importado que carece de registros y aprobación por parte del organismo.

Según la Disposición 10296/2024, se trata del producto “ANDIS. COOL CARE PLUS. FOR CLIPPER BLASES. 5 IN 1. COOLANT. DESINFECTANT. LUBRICANT. CLEANER. RUST PREVENTATIVE. ACTIVE INGREDIENTS: O Phenylphenol. Ethanol. Other Ingredients”.

Las leyendas del producto indican: “ANDIS. COOL CARE PLUS. CUCHILLA CORTADORA. 5 EN 1. REFRIGERANTE. DESINFECTANTE. LUBRICANTE. LIMPIADOR. PREVENTIVO DE ÓXIDO. INGREDIENTES ACTIVOS: OFENILFENOL. ETANOL. OTROS INGREDIENTES”.

La Anmat prohibió el uso de un spray desinfectante: los motivos

La Anmat puso en dudas la legitimidad del producto que se promociona y comercializa por plataformas de venta digital, como limpiador, desinfectante, lubricante y enfriador para cuchillas de máquinas cortadoras de pelo y que el origen del mencionado producto sería de Estados Unidos, debido a que, los rótulos están en inglés y no presenta sobre rotulado en idioma nacional.

Las acciones y activos indicados en los rótulos se corresponden con un producto domisanitario de riesgo 2 y se verificó que el producto no se encuentra inscripto ante la Anmat y que no se identifican datos de establecimientos elaboradores, fraccionadores y/o importadores responsables habilitados por esta Administración en el rotulado.

Ante ello, se toman las medidas debajo detalladas a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado, del que se desconocen las condiciones de manufactura y/o la empresa responsable de su importación.

Y como que tanto los establecimientos como los productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para poder ser comercializados, y los productos de origen extranjero importados además con la autorización de importación otorgada por esta Administración, el Servicio de Domisanitarios y el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal sugieren: a) Prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes del producto, prohibir la publicidad del producto detallado en el ítem y comunicar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional, a sus efectos.

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