Monotributistas podrán recategorizarse con las escalas 2025 de ARCA

Se estableció un nuevo plazo para hacer la recategorización.

La recategorización se hará tanto para arriba como para abajo según la escala. La recategorización se hará tanto para arriba como para abajo según la escala.
17 Enero 2025

Desde ayer los monotributistas pueden iniciar el trámite para hacer la primera recategorización de 2025. ARCA habilitó la modificación y extendió el plazo del 20 de enero -tal como estaba previsto- hasta el 5 de febrero para que los interesados pueden volver a inscribirse según la escala correspondiente.

Los datos de la tabla fueron actualizados y para establecerlos se tomó de referencia la inflación registrada durante el segundo semestre de 2024. Por eso los nuevos montos a pagar y el tope de cada categoría incrementaron en un 21.14%  en relación al Índice del Precio al Consumidor de junio a diciembre de 2024.

Quiénes deberán reinscribirse al monotributo

El siguiente paso para los monotributistas será hacer un nuevo cálculo de sus ingresos registrados anualmente para saber en a qué categoría corresponden. Además de los ingresos deberán tener en cuenta parámetros como alquileres devengados, cantidad de empleados y energía eléctrica consumida durante el mismo período. Se trata de variables que también ayudan a ubicar a cada inscripto en la esacla.

Monotributistas podrán recategorizarse con las escalas 2025 de ARCA

Quienes comenzaron su actividad económica como monotributistas hace menos de seis meses, no deben hacer la recategorización. Y si pasaron más de seis meses pero no se llegó al año completo, entonces debe hacerse un cálculo proporcional, aplicando la regla de tres simple.

Por ejemplo, si se inició la actividad en mayo pasado, hasta diciembre hubo 8 meses; entonces, si la facturación de ese período fue de $6 millones, entonces se deberá dividir ese número por 8 y (o por la cantidad de meses transcurridos desde la inscripción hasta diciembre de 2024) y multiplicar lo por 12. El resultado es $9.000.000 y, entonces, esa persona debería ubicarse en la categoría B, que corresponde a quienes facturan hasta $11.447.046,44.

En esta oportunidad, el monto tope para la categoría A pasó de $6.450.000 a $7.813.063,35. Para poder seguir formando parte del sistema simplificado de ARCA, los registrados podrán facturar hasta $82.370.281,28 anuales. En caso de percibir ingresos mayores deberán hacer el paso al régimen general como responsable inscripto.

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