Ordenan que García-Mansilla se abstenga de tomar decisiones en la Corte Suprema

Tras la votación en el Senado, el juez federal de La Plata Ramos Padilla dispuso que debe abstenerse de intervenir en toda causa judicial o actuación administrativa del máximo tribunal durante tres meses.

Ordenan que García-Mansilla se abstenga de tomar decisiones en la Corte Suprema
03 Abril 2025

El juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, dictó una medida cautelar mediante la cual ordenó que Manuel García-Mansilla se abstenga de intervenir en cualquier causa judicial o actuación administrativa en la Corte Suprema de Justicia durante tres meses. La resolución fue adoptada luego del rechazo de su pliego en el Senado y se dictó “bajo apercibimiento de sanciones penales y/o pecuniarias” si no se cumple con lo ordenado.

En su fallo, Ramos Padilla dispuso específicamente que García-Mansilla no podrá participar en ninguna decisión de la Corte mientras actúe como juez “en comisión”. El magistrado también extendió la medida al juez federal Ariel Lijo, al ordenar que no pueda asumir como integrante del máximo tribunal. La decisión busca frenar la aplicación de los decretos presidenciales que nombraron a ambos magistrados sin aprobación legislativa.

El juez también rechazó una objeción presentada por García-Mansilla, quien había planteado la supuesta falta de jurisdicción del juzgado platense. Ramos Padilla sostuvo que la cuestión central no es la remoción de un juez, sino la revisión de la “legitimidad, constitucionalidad y alcances de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional”. Afirmó que impedir ese análisis implicaría “privar de jurisdicción a los actores” y dejar sin control posibles violaciones constitucionales.

Finalmente, el juez cuestionó el uso del mecanismo de designación “en comisión” al considerar que no se daban las condiciones excepcionales requeridas para su aplicación. “La Corte Suprema de Justicia de la Nación se encontraba funcionando jurisdiccionalmente con tres miembros”, señaló. En ese sentido, advirtió que recurrir a esta herramienta constitucional sin justificación real constituye “un abuso del derecho”.

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