Elecciones 2025: cómo justificar la no emisión del voto en Salta, Jujuy, Chaco y San Luis

Los ciudadanos argentinos que no hayan votado en las elecciones del 11 de mayo ya pueden hacer el trámite de justificación que evita multas o sanciones.

ELECCIONES 2025. La justificación de la no emisión puede realizarse hasta el 10 de julio. / ARCHIVO LA GACETA ELECCIONES 2025. La justificación de la no emisión puede realizarse hasta el 10 de julio. / ARCHIVO LA GACETA
12 Mayo 2025

El domingo 11 de mayo hubo elecciones provinciales en Salta, Jujuy, Chaco y San Luis. Quienes estuvieron empadronados en alguna de esas provincias y no pudieron votar, desde hoy tienen un plazo de 60 días para justificar su inasistencia ante los órganos de control de los comicios. Esto es así porque en la Argentina rige el sufragio obligatorio para los mayores de 18 años y los menores de 70.

En el caso de no realizar el trámite correspondiente, quienes no votaron podrían recibir una multa económica, además de restricciones que incluyen la imposibilidad de acceder a cargos públicos durante tres años y la prohibición de realizar gestiones ante organismos estatales por el término de un año. 

Están eximidos de la obligación de votar las personas menores de 18 años y los mayores de 70, así como los jueces, y otros agentes y funcionarios públicos involucrados en las elecciones.También quedan exceptuadas aquellas personas que no hayan podido votar por motivos de salud, por encontrarse a más de 100 o 500 kilómetros de su lugar de votación (según la normativa provincial), o por situaciones de fuerza mayor debidamente acreditadas. En el caso de trabajadores de servicios públicos esenciales que no pudieron presentarse, la justificación será válida si su empleador lo comunicó con al menos 10 días de anticipación.

Jujuy

En Jujuy, la justificación se puede realizar a través del sitio web de la Cámara Nacional Electoral, donde los ciudadanos deben ingresar sus datos personales para cargar la documentación correspondiente. El portal para hacerlo es infractores.padron.gov.ar, donde también se puede consultar el Registro de Infractores y abonar la multa, en caso de que corresponda.

Salta

El Tribunal Electoral habilitó un trámite online para justificar la no emisión del voto. Los ciudadanos deben ingresar al sitio oficial electoralsalta.gob.ar, completar el formulario correspondiente y adjuntar documentación que respalde la ausencia. Quienes no cumplan con esta obligación podrán ser incorporados al Registro de Infractores.

Además, se puede gestionar la constancia de no emisión del voto de manera presencial en cualquier dependencia policial de la provincia, de 8 a 18, presentando el DNI. También está habilitada la Central Policial en Santiago del Estero 742, en la ciudad de Salta.

Chaco

En Chaco, la ley electoral establece que quienes no hayan votado deben justificar su ausencia ante el juez de Paz correspondiente a su domicilio o en el Tribunal Electoral de la provincia. En este último caso, la sede está ubicada en la calle Juan B. Justo 42 de la ciudad de Resistencia. 

También se puede obtener información en el sitio electoralchaco.gob.ar. La ley provincial advierte que, si el elector no justifica su inasistencia dentro del plazo legal, se aplicará una multa económica y se lo inhabilitará para acceder a cargos públicos durante tres años.

San Luis

En San Luis, los electores que no pudieron votar deben enviar un correo electrónico a juzgado_electoral@justiciasanluis.gov.ar, justificando su inasistencia y adjuntando certificados o comprobantes que respalden su situación. La diligencia también puede realizarse a través del portal de la Cámara Nacional Electoral.

En los casos en que el elector haya estado enfermo, imposibilitado o lejos del lugar de votación, podrá adjuntar la documentación que respalde su situación directamente en la plataforma. Para más información o consultas presenciales, los ciudadanos pueden dirigirse a la Secretaría Electoral de San Luis, ubicada en Colón 654, o comunicarse al teléfono (0266) 442-5005.

Para justificar la no emisión del voto, en general se necesita presentar el Documento Nacional de Identidad y un comprobante que respalde el motivo de la inasistencia, como un certificado médico, una constancia policial o pasajes que demuestren el traslado fuera del distrito. También es posible hacer todo el trámite de forma digital si se cuenta con conexión a internet.

Realizar este trámite es obligatorio para evitar sanciones. Desde el 12 de mayo, las distintas jurisdicciones ya habilitaron los mecanismos para que cada ciudadano regularice su situación electoral. El plazo para cumplir con esta obligación vence el 10 de julio, 60 días después de las elecciones generales, tal y como lo establece el artículo 72 del Código Electoral Nacional.

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