Ya tiene número y montos: la ordenanza 5.485 fue promulgada por el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), y establece que el valor del boleto urbano pasó de $950 a $1.250, tal cual lo aprobado la semana pasada por el Concejo Deliberante de la Capital.
Sin embargo, la nueva tarifa no empezará a regir de inmediato, como solía suceder. Según explicaron fuentes del sector a LA GACETA, la medida debe ser comunicada a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y al Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE), a fin de que estos organismos de la órbita nacional efectúen el reajuste en las máquinas validadoras.
De esta manera, no hay todavía una fecha confirmada para que empiece a operar el nuevo valor, y mientras tanto en las 14 líneas que recorren la ciudad se mantendrán con el pasaje a $950. En el ámbito empresario estiman que esto podría tardar entre cuatro y siete días, pero esperan que desde SUBE completen los pasos con premura.
El jueves pasado, por amplia mayoría, los ediles dieron sanción al proyecto de ordenanza que elevó un 31,58% el valor del boleto.
De inmediato, el cuerpo colegiado remitió el expediente a la intendenta Rossana Chahla para solicitar la promulgación de la normativa, condición necesaria para que empiece a operar el nuevo valor, como sucede ante cada ajuste de la tarifa.
“Fíjase el precio de venta al público del boleto del Servicio Público Esencial de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros, en la modalidad tarjeta magnética, en la suma de $ 1.250”, consigna el artículo 1° de la ordenanza 5.485, que será publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad. Los artículos 2° y 3° refieren a los valores que afrontan los usuarios de los abonos educativos (del 35% al 70% del monto) y sociales (del (75% al 80%). “La implementación de lo establecido en los artículos precedentes se hará efectiva una vez que el Departamento Ejecutivo arbitre los medios correspondientes para tal fin y las relativas al sistema SUBE. El Departamento Ejecutivo informará al Honorable Concejo Deliberante, dentro de los 30 días de la promulgación de la presente ordenanza, sobre las medidas adoptadas para su cumplimiento”, detalla el artículo 4°.
La puesta en vigencia de la tarifa urbana también repercutirá en los servicios metropolitano y rural, de jurisdicción de la Provincia. Vía resolución, Transporte trasladará la suba a los servicios del interior, aunque no necesariamente con idénticos porcentajes para cada destino.
























