Refuerzo de la Ayuda Escolar de ANSES: quiénes lo cobran y cuánto se paga

El pago será por única vez y se abonará junto con la asignación correspondiente al inicio del ciclo lectivo.

ANSES: qué personas no cobran la Ayuda Escolar de $85.000 ANSES: qué personas no cobran la Ayuda Escolar de $85.000 Ámbito
Hace 1 Hs

El presidente Javier Milei oficializó un refuerzo extraordinario para la Ayuda Escolar Anual que se pagará en marzo de 2026. La medida fue establecida mediante el Decreto 115/2026, publicado en el Boletín Oficial, y garantiza un piso mínimo para las familias que perciben la prestación a través de Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

El pago será por única vez y se abonará junto con la asignación correspondiente al inicio del ciclo lectivo.

Refuerzo de la Ayuda Escolar: de cuánto es el extra

El decreto establece que el adicional será equivalente a la diferencia entre $85.000 y el monto que surja del cálculo habitual de la Ayuda Escolar Anual.

De esta manera:

Ninguna familia cobrará menos de $85.000 en marzo por este concepto.

Si el monto que corresponde por la asignación es igual o superior a $85.000, no se pagará el refuerzo.

El complemento alcanzará únicamente a quienes queden por debajo de ese piso.

El pago será automático, sin necesidad de realizar un trámite adicional, y se liquidará junto con el esquema masivo habitual que Anses ejecuta cada año antes del inicio de clases.

¿Quiénes reciben el extra de la Ayuda Escolar de Anses?

El refuerzo alcanza a los mismos beneficiarios que perciben la Ayuda Escolar Anual, prestación contemplada en la Ley 24.714.

Pueden acceder:

Trabajadores en relación de dependencia del sector público y privado

Monotributistas

Beneficiarios del Seguro de Desempleo

Jubilados y pensionados del SIPA

Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH)

Titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social

Beneficiarios de pensiones no contributivas y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor

En todos los casos, es requisito acreditar que los hijos o personas con discapacidad a cargo asisten regularmente a establecimientos de educación inicial, primaria, secundaria o de educación diferencial, tanto públicos como privados.

Implementación y vigencia

El decreto dispone que el Ministerio de Capital Humano, a través de la Subsecretaría de Seguridad Social, y la Anses dictarán las normas complementarias necesarias para su aplicación.

Además, la Jefatura de Gabinete deberá realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para garantizar el pago del refuerzo.

La medida entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y se aplicará exclusivamente para la liquidación de marzo de 2026.

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