La edad de imputabilidad será a partir de los 14 años, un cambio sustancial del nuevo Régimen Penal Juvenil, porque hasta ahora los adolescentes eran juzgados y eventualmente detenidos por cometer delitos a partir de los 16 años de edad, siempre que la pena máxima sea mayor a dos años de prisión.
El nuevo Régimen Penal Juvenil sancionado en el Congreso establece penas máximas de 15 años, con la posibilidad de libertad condicional al alcanzar los dos tercios de la condena. Cuando las condenas establecidas sean de hasta tres años, o de entre tres y hasta 10 años pero que no impliquen un delito de gravedad, se reemplazará la privación de la libertad por otras penalidades, como las amonestaciones; la prohibición del contacto con la víctima, conducción de vehículos, asistencia a determinados establecimientos recreativos y a la salida del país; y la prestación del servicio a la comunidad.
Partida presupuestaria
Como partida presupuestaria para la implementación del proyecto, se dispusieron $23.739 millones. Más de $20.000 millones se destinan a la Defensoría General de la Nación, para garantizar la legítima defensa de los jóvenes en conflicto con la ley. También proyecta más de $3.000 millones para el Ministerio de Justicia, encargado de definir los “supervisores”, una figura de autoridad fundamental para la ejecución del proyecto. Estos deberán tener formación académica en educación, pedagogía infanto-juvenil, psicología, adicciones y trabajo social. “Se deberá garantizar que la cantidad de adolescentes asignados a cada supervisor permita el adecuado seguimiento y supervisión de cada uno de los adolescentes imputados”, señala el texto del proyecto y establece que entre sus tareas está mantener entrevistas semanales con el adolescente y seguir, asistir, supervisar y controlar su evolución durante el proceso y su detención.
Asimismo, refiere que los alojamientos deberán “hacerse efectivo en dependencias acondicionadas especialmente para ese fin, bajo la dirección de personal idóneo para el trato con aquellos”. Para ello no se propone un financiamiento concreto, sino que se se establece que la Nación y los distritos “podrán celebrar convenios de colaboración y cooperación a los efectos de dar cumplimiento a todos los estándares previstos en el presente régimen. Estos acuerdos podrán versar sobre el traslado o alojamiento de adolescentes en conflicto con la ley penal en extraña jurisdicción”.





















