20 Julio 2007
La Secretaría de Agricultura de la Nación informó que, a través de la Resolución Nº 178 del INASE, quedó abierta la posibilidad de comercializar en la Argentina semilla de maíz con el evento GA21, pero condicionado al cumplimiento de requisitos para la trazabilidad de la producción de grano a partir de esta semilla. Esta podrá comercializarse en el mercado interno o en aquellos externos que no especifiquen restricción respecto de este evento.
Así se potencia la condición exportadora argentina, a la vez que se genera una mayor disponibilidad de semilla destinada a la producción, cuya oferta se vio limitada respecto de las buenas expectativas productivas para a próxima campaña. Si se presentan las restricciones que algunos mercados externos conservan sobre la introducción de productos genéticamente modificados, en especial maíz con GA21, la resolución contempla la presentación de una declaración jurada por parte del productor como condición para la adquisición de la semilla, por la que se obliga al cumplimiento de requisitos para su trazabilidad.
Así se potencia la condición exportadora argentina, a la vez que se genera una mayor disponibilidad de semilla destinada a la producción, cuya oferta se vio limitada respecto de las buenas expectativas productivas para a próxima campaña. Si se presentan las restricciones que algunos mercados externos conservan sobre la introducción de productos genéticamente modificados, en especial maíz con GA21, la resolución contempla la presentación de una declaración jurada por parte del productor como condición para la adquisición de la semilla, por la que se obliga al cumplimiento de requisitos para su trazabilidad.












