Vence un plazo para obtentores de semillas

25 Julio 2008
A fines de este mes vencerá el plazo para el pago del arancel referido a la “Anualidad de inscripción de variedades en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares”, correspondiente al corriente año. El cumplimiento de es obligación le permite al obtentor de variedades vegetales protegidas el mantenimiento de su derecho como titular.
En este sentido, la Dirección de Registro de Variedades del Instituto Nacional de Semillas (Inase) envía cada año la liquidación del arancel a los obtentores y/o representantes con variedades inscriptas en el Registro, a los fines de que todos estén debidamente notificados de su obligación de pago.
En este marco, la Ley de Semillas Nº 20.247 y su reglamentación, establecen como causal de caducidad del título de propiedad del obtentor de una variedad vegetal, la falta de pago del arancel anual, mediando un período de seis meses desde el reclamo fehaciente de pago, pasando luego a ser de uso público. En caso de que un obtentor “por sí o mediante su representante legalmente autorizado” quisiera renunciar a sus derechos de propiedad sobre determinada variedad vegetal, se deberá informar de esa renuncia por nota, firmada por estas personas (obtentor y/o representante legalmente autorizado) y remitida a la Dirección de Registro de Variedades (Inase), para poder registrar esta decisión, antes de la ocurrrencia del vencimiento del pago del arancel por el año en curso. Para mayor información, los interesados deberán recurrir al Instituto Nacional de Semillas, área de Comunicaciones Institucionales, (011) 4346-2388 / 2417, o a través del sitio www.inase.gov.ar.

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