26 Octubre 2012
EN CONTRA. La CTA y la CGT protestaron por la aprobación de la ley de ART. DYN
BUENOS AIRES.- El Poder Ejecutivo promulgó la ley que modifica la legislación sobre riesgos laborales vigente desde 1995 y eleva el monto de las indemnizaciones por accidentes de trabajo, sancionada el miércoles por la Cámara de Diputados.
Tanto el texto de la norma, que había sido aprobada el 3 de octubre en el Senado, como el decreto de su promulgación (2038/2012) fueron publicados hoy en el Boletín Oficial.
La iniciativa oficial fue convertida en ley hace dos días tras obtener 140 votos a favor, 83 en contra y 1 abstención.
La reforma a la ley de riesgos laborales transfiere el reclamo judicial de un conflicto del fuero laboral al fuero civil. A la vez, elimina la "doble vía" por la que se cobraba indemnización de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) y además se permitían reclamos de resarcimiento ante la Justicia.
En otro de sus puntos salientes, el texto aprobado establece un plazo máximo de 15 días a partir del accidente para que el trabajador cobre la indemnización correspondiente.
También dispone que cuando el daño se produzca en el lugar de trabajo, el damnificado percibirá junto a las indemnizaciones dinerarias previstas en este régimen, una indemnización adicional de pago único en compensación por cualquier otro daño no reparado por las fórmulas allí previstas, equivalente al 20% de esa suma.
En caso de muerte o incapacidad total, esta indemnización adicional nunca será inferior a 70.000 pesos. (Télam)
Tanto el texto de la norma, que había sido aprobada el 3 de octubre en el Senado, como el decreto de su promulgación (2038/2012) fueron publicados hoy en el Boletín Oficial.
La iniciativa oficial fue convertida en ley hace dos días tras obtener 140 votos a favor, 83 en contra y 1 abstención.
La reforma a la ley de riesgos laborales transfiere el reclamo judicial de un conflicto del fuero laboral al fuero civil. A la vez, elimina la "doble vía" por la que se cobraba indemnización de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) y además se permitían reclamos de resarcimiento ante la Justicia.
En otro de sus puntos salientes, el texto aprobado establece un plazo máximo de 15 días a partir del accidente para que el trabajador cobre la indemnización correspondiente.
También dispone que cuando el daño se produzca en el lugar de trabajo, el damnificado percibirá junto a las indemnizaciones dinerarias previstas en este régimen, una indemnización adicional de pago único en compensación por cualquier otro daño no reparado por las fórmulas allí previstas, equivalente al 20% de esa suma.
En caso de muerte o incapacidad total, esta indemnización adicional nunca será inferior a 70.000 pesos. (Télam)
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