El Tribunal Supremo afirmó que Chávez no necesita jurar para un nuevo mandato

"La juramentación del presidente reelecto puede ser efectuada en una oportunidad posterior", dijo presidenta del organismo Luisa Estella Morales.

FIN DE LAS ESPECULACIONES. La presidenta del TSJ, Luisa Estella Morales, REUTERS FIN DE LAS ESPECULACIONES. La presidenta del TSJ, Luisa Estella Morales, REUTERS
09 Enero 2013
CARACAS, Venezuela.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela descartó hoy que exista una ausencia temporal o absoluta del presidente Hugo Chávez, quien convalece en La Habana tras la reciente cirugía por cáncer, y señaló que el gobernante no necesita ser juramentado mañana para el mandato de 2013-2019.

La presidenta del TSJ, Luisa Estella Morales, señaló que una sentencia del tribunal avala la continuidad del gobierno, a pesar de que Chávez no se presente mañana a la Asamblea Nacional para ser investido, y ello respalda la legalidad del gobierno a cargo.

Morales expuso la interpretación que hizo la Sala Constitucional del TSJ sobre el artículo 231, que se refiere a la investidura del presidente ante el Asamblea Nacional el 10 de enero o, en caso que no pueda hacerlo, que sea ante el TSJ.

Señaló que para el TSJ no existen razones para declarar una ausencia temporal o absoluta del presidente y que éste se encuentra en Cuba por una licencia de la Asamblea Nacional que lo autoriza para estar fuera del país todo el tiempo que necesite.

"Sabemos y aceptamos que es necesaria la juramentación del mandatario y se va a cumplir, pero al momento no podemos adelantar cuándo, ni dónde, ni como se hará. Lo que si tenemos cierto es que será en el momento que cese la causa sobrevenida, conocida por todo el país, que se trata de un proceso de recuperación de una operación por problemas de salud", dijo en una rueda de prensa.

Morales recalcó que Chávez tiene todo el derecho a atender su enfermedad, que ello es preservado en la Constitución, y que el mandatario "necesita tiempo para cuidar su salud".

"En este caso, el presidente se encuentra fuera del país por una razón diferente que no ocasiona la falta temporal. Negamos que se trate de una falta temporal o absoluta, se trata de un permiso de la Asamblea que ha pospuesto la oportunidad del juramento previsto", dijo. (DPA)

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