Las vigas maestras del plan piloto

14 Abril 2013

- AUTORES.- El Plan piloto para la profundización del sistema acusatorio fue diseñado por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales, y aprobado por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. Este programa debía entrar en vigencia mañana en Concepción (más adelante iba a ser aplicado en Monteros), pero este viernes la Corte dejó sin efecto su puesta en marcha.

- ANTES Y DESPUÉS.-La Corte elaboró un reglamento con disposiciones que resultan imperativas para la tramitación de todos los casos penales iniciados con posterioridad a la entrada en vigor del plan piloto. Las causas iniciadas con anterioridad debían tramitarse por escrito, según las reglas del sistema anterior.
u principios.- El plan piloto privilegia la oralidad, la contradicción, la "desformalización", la buena fe procesal, la celeridad y la flexibilización. Durante la investigación penal preparatoria, el juez ha de velar por la vigencia de esas premisas y adoptar sus decisiones verbalmente en audiencia pública, de manera inmediata y fundada, y sin conocimiento previo de los legajos. La apelación también es oral.

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- SALIDAS ALTERNATIVAS.-El fiscal debe procurar la solución ágil y simple del conflicto que reestablezca la armonía entre las partes y la paz social. En toda su actuación, ha de priorizar la introducción de salidas alternativas y reparadoras buscando siempre respuestas prontas y eficaces con un contenido mínimo de severidad estatal.

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