Tuvo a su beba en el monte, la abandonó y la condenaron por la muerte de la pequeña

El fallo del tribunal determinó una pena de siete años con arresto domiciliario a fin de que pueda criar a su segunda hija de dos años. La joven madre recordó ante los jueces que en su infancia había sido víctima de abuso por parte de un familiar

20 Abril 2013

"Si pudiera volver el tiempo atrás, cambiaría todo desde el principio". Ese pasado al que se refirió Mirta ocurrió en 2006. Tenía 19 años, quedó embarazada y tuvo a su beba sola en medio del monte. La abandonó.

Esta semana regresó. Pero no para cambiar el pasado, sino para someterse por segunda vez a un juicio oral. Ayer fue condenada a siete años de prisión por abandono de persona, aunque la sentencia la cumplirá en su casa para que pueda criar a su hija de dos años.

Mirta ya había sido condenada en 2010 a ocho años de prisión. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la provincia anuló la sentencia y ordenó que se realizara un nuevo debate oral.

Mientras lloraba, le contó a los jueces Juana Juárez, Emilio Páez de la Torre y María del Pilar Prieto lo que ocurrió en septiembre de 2006. Su relato se remontó a su infancia en Taco Ralo. Confesó abusos, mentiras y arrepentimientos.

Cuando Mirta tenía tres años sus padres se separaron. Nunca más volvió a ver su progenitor, con quien vivían en una casa ubicada en el medio del monte, al sur de la provincia. Sin trabajo, la madre de Mirta regresó a la casa paterna, una finca también rodeada de montes a tres kilómetros de la localidad de Taco Ralo. Tenía seis años cuando su abuelo comenzó a abusar de ella, según contó en el juicio.

Mirta se inscribió en la carrera de Trabajo Social en 2006, y se fue a vivir a la casa de su prima, en Villa 9 de Julio. Ya estaba embarazada de un novio casual que tenía en Taco Ralo, cuya relación se había terminado.

Un embarazo oculto

"¿Cómo le iba a decir a mi abuelo que estaba embarazada? Le tenía muchísimo miedo", contó Mirta. Cuando el cuerpo de la joven empezó a cambiar, sus allegados le preguntaban si estaba embarazada. Ella siempre lo negó. Ni siquiera fue al médico. Los últimos meses los pasó encerrada en la pieza, dijo la prima que la alojaba.

El 7 de septiembre de 2006 su tía le dijo que la llevaría al médico cuando volviera de clases porque la veía muy hinchada. Mirta caminó, pero no a clases. Iba sin rumbo, según manifestó. Llegó a Villa Mariano Moreno y en la ruta 9 hizo dedo. Subió a un camión y se bajó en la estación de servicios de Benjamín Paz.

La joven se internó en el monte y pasó la noche a la intemperie. Al día siguiente comenzó el trabajo de parto y nació su beba. "Primero tuve una sensación linda, pero cuando vi que era nena, recordé todo lo que hacía mi abuelo y la rechacé. Fue una sensación muy fea, y la dejé ahí", contó Mirta.

Su familia había hecho la denuncia por su desaparición cuando la joven regresó. Al ver el alboroto, dijo que inventó una historia de un secuestro. Cuando el médico de Policía la revisó y descubrió que había tenido un parto, confesó. Buscaron a la beba, que todavía estaba con vida, y la internaron en la maternidad. Mirta estuvo detenida desde ese día, por dos años y dos meses.

La beba falleció el 11 de septiembre, tres días más tarde. Nunca le pusieron un nombre. La sepultaron en el cementerio del Norte. Mirta aseguró que la visita y que siente dolor, tristeza y arrepentimiento. "No me va a alcanzar la vida para arrepentirme", dijo ayer, antes de escuchar su condena.

Una sentencia anterior fue anulada por la Corte Suprema 

El 13 de octubre de 2011, los camaristas Emilio Herrera Molina, Alberto Piedrabuena y Eduardo Antonio Romero Lascano habían condenado a Mirta a ocho años de prisión por abandono de persona agravado. Sin embargo, luego del recurso de casación que presentó su defensora, Carolina Epelbaum, el fallo fue anulado por la Corte Suprema de Justicia de la provincia, y el juicio tuvo que realizarse nuevamente.

El fundamento de los vocales Antonio Estofán, Antonio Gandur y Daniel Posse, se basó en la falta de congruencia entre los argumentos de los miembros de la Sala II de la Cámara Penal, y la decisión a la que arribaron.

Entre otros motivos, la Corte señaló que no se realizó una determinación precisa y circunstanciada del hecho que estimaron acredita, tal cual lo dispone el Código Procesal de Tucumán.

"La falta de cumplimiento de la citada exigencia provoca la nulidad de la sentencia", determinaron los vocales del máximo tribunal de la provincia.

Ante la nulidad de la sentencia, la Corte ordenó que una nueva sala de la Cámara Penal llevara adelante el segundo juicio. Le tocó a los jueces Juana Juárez, Emilio Páez de la Torre y María del Pilar Prieto, llevar adelante el debate oral. La acusación, que en 2011 había estado a cargo de Marta Jerez de Rivadeneira, fue realizada esta vez por Estela Giffoniello.

En 2010, Epelbaum había solicitado la absolución de la joven, y argumentó que había actuado bajo un estado puerperal. Lo mismo pedido en este juicio.

Giffoniello, por su parte, dijo que Mirta había planeado una puesta en escena. "Estado puerperal es después del parto. Ella estaba absolutamente consciente de lo que hacía", afirmó la fiscala de Cámara. "Voy a acusarla porque tenía la posición de garante de la vida de la beba", agregó, antes de pedir que sea condenada a ocho años de prisión. "El estado puerperal puede manifestarse en un rechazo por el bebé", afirmó Epelbaum.

Los jueces la condenaron a siete años de prisión de cumplimiento domiciliario. Mirta ya cumplió dos años y dos meses en la cárcel.

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