La Corte declaró la constitucionalidad de la Ley de Medios

Los magistrados votaron 4 a 3 a favor del proyecto del Gobierno Nacional. Festejos de los militantes en Capital Federal. El fallo.

DEFINICIÓN CERRADA. La decisión fue 4 a 3 a favor del Gobierno Nacional. ARCHIVO TELAM DEFINICIÓN CERRADA. La decisión fue 4 a 3 a favor del Gobierno Nacional. ARCHIVO TELAM
29 Octubre 2013

BUENOS AIRES.- Los miembros de la Corte Suprema de Justicia declararon la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. El máximo tribunal se expedió sobre la validez de los artículos 41, 45, 48 y 161, que fueron cuestionados por el grupo Clarín. La decisión fue 4 a 3 a favor del Gobierno nacional.

Ricardo Lorenzetti, Eugenio Zaffaroni, Enrique Petracchi y Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay votaron a favor de la validez jurídica de la norma que se sancionó el 10 de octubre de 2009 y que había quedado trabada por una serie de reclamos judiciales cruzados. Sólo Carlos Fayt votó en disidencia, indicaron las fuentes, según La Nación

Publicidad

El juez de primera instancia Horacio Alfonso se había pronunciado a favor de la validez de la norma. Y la Cámara Federal Civil y Comercial se expidió en contra de la constitucionalidad de dos de los artículos citados. El pasado 10 de octubre se cumplieron cuatro años de aquel sábado de 2009 el Senado sancionó la Ley 26.522 con 44 votos a favor y 24 en contra. En Diputados, la votación registró 146 manos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones.

Derrotero judicial
Edmundo Carbone, ya jubilado, en diciembre del 2009 inició el derrotero judicial en esta causa al hacer lugar a una medida cautelar que luego fue confirmada por la Cámara Civil y Comercial Federal, era el 14 de Mayo del 2010. El juez en octubre de ese año puso límite de tiempo a la cautelar dictada, recordó el sitio Infojus.com

En el medio hubo fallos de diversas provincias, como por ejemplo en Mendoza y Santiago del Estero, que declaraban la inconstitucionalidad en parte o incluso en la totalidad de la Ley. En mayo de 2011 la sala I de la Cámara Civil y Comercial fijó un plazo de finalización de la medida cautelar que suspendía la aplicación del artículo 161. En aquel entonces 36 meses.

Un año después en mayo de 2012 la Corte precisó el plazo de vigencia de la medida cautelar argumentando que las medidas cautelares son resoluciones jurisdiccionales precarias y no pueden sustituir la solución de fondo porque afectan la seguridad jurídica.

El 27 de noviembre de 2012 la Corte Suprema exigió al juez de primera instancia que dicte sentencia de fondo en la causa que ya llevaba varios años con medidas cautelares. Y así lo hizo ahora el reemplazante de Carbone, Horario Alfonso. Luego el gobierno nacional utilizó la flamante ley de salto de instancias "per saltum" para llegar a la Corte Suprema. En diciembre del año pasado lo rechazo por unanimidad.

Publicidad

Festejos
Distintas agrupaciones y manifestantes llenaron por la tarde la Plaza Congreso, frente al Parlamento nacional, para celebrar el fallo de la Corte Suprema que declaró la constitucionalidad de la Ley Medios. La convocatoria fue realizada por las redes sociales.

Las posturas 
El Gobierno:
- Siempre argumentó que la ley 26.522 era válida
- El artículo 45 prohíbe que un mismo operador acumule licencias de TV, radio y cable. Además, prohíbe que un cable llegue a más del 35 por ciento del país y que un operador de cable, en una misma zona, tenga un canal de aire
- El artículo 161 de la ley obliga a Clarín a desprenderse de las licencias que exceden esos límites

Clarín:
- Para Clarín, la ley está vigente excepto los cuatro artículos que impugnó
- La empresa dice que los límites del artículo 45 no son razonables. La Cámara Federal Civil y Comercial, en parte, le dio la razón: los cables no puede estar sujetos a ningún límite porque no usan el espectro radioeléctrico
- El artículo 161 afecta derechos adquiridos porque obliga a vender licencias cuyo plazo no venció

Comentarios