Confirman la elevación a juicio de la causa “DAU”

Miguel Brito, ex titular de la repartición, sería el primer alperovichista en sentarse en un banquillo por supuestos hechos de corrupción. La jueza Lenis de Vera ratificó el requerimiento formulado por el fiscal Suasnábar. La defensa del ahora asesor de Mansilla.

EN EL BANQUILLO. Miguel Brito, ex titular de la repartición, sería el primer alperovichista en declarar. ARCHIVO LA GACETA EN EL BANQUILLO. Miguel Brito, ex titular de la repartición, sería el primer alperovichista en declarar. ARCHIVO LA GACETA
03 Agosto 2014
Que el fiscal “no levantó el cuerpo del sillón”. Que la investigación se basó en una “seudo auditoría” del Tribunal de Cuentas (TC). Que no contrató empresas “fantasma” ni cometió irregularidad alguna... Sobre la base de estos y otros argumentos, Miguel Ángel Brito, quien encabezó la Dirección de Arquitectura y Urbanismo (DAU) entre 2009 y 2012, pidió la nulidad del requerimiento a juicio y su sobreseimiento en la causa en su contra por presuntos hechos de corrupción.

Pese a sus quejas procesales, el actual asesor del senador oficialista Sergio Mansilla no logró zafar en esta instancia. Así, quedó a un paso de convertirse en el primer (ex) funcionario alperovichista en sentarse en el banquillo de los acusados, en un debate oral y público que aún no tiene fecha, por los supuestos delitos de fraude a la administración pública y negociación incompatible con el ejercicio de su cargo como titular de la DAU.

La jueza de Instrucción de la V Nominación, Mirta Lenis de Vera, ratificó la postura del fiscal de Instrucción de la VII Nominación, Arnoldo Suasnábar, y entendió que existen pruebas e indicios de las supuestas anomalías. La imputación contra Brito, de ser confirmada en un juicio, implica una pena máxima posible de seis años de cárcel y la inhabilitación permanente para ocupar empleos públicos.

El ex director de la DAU declaró dos veces ante Suasnábar, asesorado por su abogado defensor, Arnaldo Ahumada. Además de cuestionar la pesquisa, la estrategia del letrado apuntó a deslindar responsabilidades de su cliente respecto a la emisión de pagos. Señaló también que el TC había controlado en al menos cuatro ocasiones cada obra realizada bajo la ley N° 7.960 (de excepción a la ley de Obras Públicas). Los planteos de nulidad, de oposición a la elevación a juicio y de pedido de sobreseimiento fueron rechazados por la jueza Lenis de Vera. La magistrada analizó las pruebas, y sostuvo que Brito “abusó de la discrecionalidad” que le otorgaba la normativa -aún vigente-, ya que le permitía realizar contratos directos por hasta $ 150.000, en casos de necesidad y urgencia. Según Lenis de Vera, hubo proyectos en los que se desdoblaron las etapas del trabajo para evitar el tope fijado por la ley, y así sortear las licitaciones. “Para ello se valió de empresas que, en su gran mayoría, no se encontraban legalmente constituidas”, apuntó la jueza.

Sobre la base de testimonios, también determinó que “muchos de los materiales presuntamente provistos no ingresaron al depósito” de la DAU. “Queda demostrado que el imputado, en forma dolosa, con la única finalidad de favorecer a determinadas empresas, las invitaba sistemáticamente y en forma personal a participar de los concursos de precios”, agregó en el fallo. Y aunque no se pudo determinar el supuesto monto del daño al erario, aclaró que esto no es necesario en esta etapa procesal. Si Brito llega al banquillo de los acusados, entonces se podrían conocer esas cifras.

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