24 Agosto 2014
BUENOS AIRES.- El fallo de la Organización Mundial del Comercio (OMC) contra la Argentina fue el fruto de las más de media docena de causas abiertas contra el país por 43 naciones bajo un mismo rótulo: “Argentina: medidas que afectan la importación de mercancías”.
El 28 de enero de 2013, el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) creó un Grupo Especial, encargado de examinar todos los reclamos y demandas que se iniciaron en mayo de 2012. A continuación, algunos detalles:
• El reclamo fue presentado en 2011 por la UE, por Estados Unidos y por Japón. Luego, aparecieron como terceros interesados Australia, Canadá, China, Ecuador, Guatemala, India, Israel, República de Corea, Noruega, Arabia Saudita, Suiza, Taipei, Tailandia, Turquía y México.
• El panel de la OMC, integrado por tres árbitros, se unificó a partir del Grupo Especial constituido para atender los reclamos. El fallo no es sancionatorio, puesto que se trata de un tribunal arbitral.
• El Grupo Especial recomendó al Órgano de Resolución de Controversias que le ordene a la Argentina que “termine con las medidas restrictivas del comercio internacional”.
• Entre otras cosas, se objetaron las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI), las demoras en liberar Licencias no Automáticas y la política de obligar a importadores a exportar por cifras equivalentes.
• La Argentina tendrá 60 días para apelar. Luego, el trámite pasará a un tribunal de apelaciones permanente de la OMC que se expedirá en 90 días. Si queda firme, el país tendrá que cambiar su sistema de comercio exterior.
• Si la Argentina no cumple, entonces los países demandantes pedirán autorización a la OMC para restringir sus compras a la Argentina por el mismo monto por el que dicen que fueron perjudicados.
• En 2011, la UE sostuvo que las restricciones argentinas a las importaciones le costaron U$S 3.000 millones. Los productos y los bienes que podrían ser afectados en ese caso dependerán de lo que pueda resolver cada demandante. (DyN)
El 28 de enero de 2013, el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) creó un Grupo Especial, encargado de examinar todos los reclamos y demandas que se iniciaron en mayo de 2012. A continuación, algunos detalles:
• El reclamo fue presentado en 2011 por la UE, por Estados Unidos y por Japón. Luego, aparecieron como terceros interesados Australia, Canadá, China, Ecuador, Guatemala, India, Israel, República de Corea, Noruega, Arabia Saudita, Suiza, Taipei, Tailandia, Turquía y México.
• El panel de la OMC, integrado por tres árbitros, se unificó a partir del Grupo Especial constituido para atender los reclamos. El fallo no es sancionatorio, puesto que se trata de un tribunal arbitral.
• El Grupo Especial recomendó al Órgano de Resolución de Controversias que le ordene a la Argentina que “termine con las medidas restrictivas del comercio internacional”.
• Entre otras cosas, se objetaron las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI), las demoras en liberar Licencias no Automáticas y la política de obligar a importadores a exportar por cifras equivalentes.
• La Argentina tendrá 60 días para apelar. Luego, el trámite pasará a un tribunal de apelaciones permanente de la OMC que se expedirá en 90 días. Si queda firme, el país tendrá que cambiar su sistema de comercio exterior.
• Si la Argentina no cumple, entonces los países demandantes pedirán autorización a la OMC para restringir sus compras a la Argentina por el mismo monto por el que dicen que fueron perjudicados.
• En 2011, la UE sostuvo que las restricciones argentinas a las importaciones le costaron U$S 3.000 millones. Los productos y los bienes que podrían ser afectados en ese caso dependerán de lo que pueda resolver cada demandante. (DyN)
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