Rabia, machismo y violencia, causas de una reacción salvaje

Los jueces de la Sala I de la Cámara Penal dieron a conocer los fundamentos del fallo. Camisay era consciente de sus actos cuando baleó a Tomás Caride y lo dejó parapléjico, consideraron los magistrados

EN EL BANQUILLO. Rubén Marcelo Camisay estuvo representado por el abogado Javier Lobo Aragón. la gaceta / foto de franco vera EN EL BANQUILLO. Rubén Marcelo Camisay estuvo representado por el abogado Javier Lobo Aragón. la gaceta / foto de franco vera
01 Octubre 2014
El hombre que le disparó a Tomás Caride, y lo dejó en silla de ruedas, era consciente de sus actos y de las consecuencias que acarrearía disparar un arma de fuego en un lugar colmado por jóvenes. Así lo consideraron los jueces de la Sala I de la Cámara Penal (Pedro Roldán Vázquez, Alfonso Zóttoli y María Elisa Molina) en los fundamentos del fallo emitido el 12 de septiembre. Ese día, y por unanimidad, condenaron a Rubén Marcelo Camisay (47 años) a seis años de prisión por el delito de lesiones gravísimas.

El 21 de enero de 2012 a la madrugada se realizaba una fiesta en la casa de Camisay, en la esquina de Esquiú y Santa Fe. Entre las 4 y 5 de la madrugada, se iniciaron disturbios con un grupo de jóvenes que pretendían ingresar por la fuerza y arrojaron botellazos contra la vivienda. “Camisay, al ver lo que sucedía, buscó un arma de fuego y, con una actitud indiferente, realizó una serie de disparos desde su casa, impactando uno de estos en la humanidad de la víctima”, había descripto la fiscala de Instrucción de la VIII° Nominación, Adriana Giannoni, en su requisitoria de elevación a juicio. Y el tribunal de la Sala I ratificó esa versión. El proyectil quedó alojado en la primera vértebra dorsal de Tomás, quien en ese momento tenía 16 años. La consecuencia fue una incapacidad física permanente y definitiva del 90%.

El autor de los disparos

“Se ha determinado que fue Camisay quien realizó diversos disparos con un arma de fuego corta, que dos de ellos fueron al aire y los dos restantes, direccionados hacia donde estaban la víctima y su amigo. Que desde el lugar donde efectuó los disparos no pudo dejar de advertir que ambos chicos estaban al alcance de la línea de fuego”, afirmaron los jueces. Además, remarcaron que Camisay “pudo llegar a ocasionarle la muerte” a Tomás. También acentuaron que el condenado no era un ignorante en cuanto al uso de armas de fuego: “tenía conocimientos elementales y básicos sobre manejo de armas de fuego; era legítimo tenedor habilitado por el Renar”.

Los jueces determinaron que Camisay disparó desde atrás de un árbol que había en el jardín de su casa, a unos 15 o 16 metros de donde estaba la víctima. “Disparó contra la humanidad de Caride conociendo que Caride nunca fue su agresor”, destacaron. Asimismo, interpretaron como agravante “la grave extensión del daño causado, así como el machismo y la violencia que inspiraron la acción de Camisay, que desfogó su rabia contra un grupo de personas que, si bien se habían involucrado en una gresca, no representaban un peligro cierto de ingreso a su casa”. En ese sentido, recordaron los testimonios de algunos testigos que relataron que la gente se tiró al piso cuando escuchó los primeros disparos. “Sin embargo, Camisay continuó con su agresión armada, apuntando en forma directa hacia donde se hallaban Caride y su amigo”, concluyeron los magistrados.

Investigarán a un policía

Además de condenar a Camisay, los jueces ordenaron que se abra una investigación contra el comisario Sergio Alejandro Nieto, quien al momento del hecho estaba a cargo de la seccional 7ª.

Argumentaron que es posible que el policía haya actuado en contra de “la ley procesal y la práctica forense y policial, incumpliendo sus deberes y colaborando para hacer desaparecer los rastros del delito en beneficio del imputado, al permitirle retirarse de su oficina sin dar cuenta a la Fiscalía de Instrucción actuante de su negativa a someterse a la prueba de dermotest”.

Dos cuñados de Camisay, que declararon como testigos, también serán investigados. Los jueces sospechan que Miguel Villalonga y Marcelo Zárate pudieron incurrir en el delito de falso testimonio en su afán de proteger al autor del hecho.

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