23 Agosto 2015
ARCHIVO LA GACETA.
Las únicas personas que están exceptuadas para votar son:
- Aquellas que están a más de 500km de distancia del lugar en el que deben sufragar
- Los mayores de 70 años
- Los menores de 18 años
- Los enfermos
- Empleados de organismos públicos o privados de servicios públicos que deban trabajar durante las horas de los comicios
Si no pudiste votar y no estás dentro de estas categorías de votantes, tendrás que justificar tu ausencia en la Justicia Electoral (Lamadrid 661) durante los próximos 60 días. De no hacerlo, serás multado.
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