Siete puntos para entender el fallo que frenó la suba de gas

Por unanimidad, la Corte Suprema dejó sin efecto los incrementos dispuestos por el Gobierno.

FRENO. La tarifa de gas volverá a ser la que estaba antes de las resoluciones del Ministerio de Energía que encabeza Juan José Aranguren. FRENO. La tarifa de gas volverá a ser la que estaba antes de las resoluciones del Ministerio de Energía que encabeza Juan José Aranguren.
18 Agosto 2016
BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia anuló, por unanimidad, el incremento de las tarifas de gas en todo el país para usuarios residenciales y determinó que para modificar el cuadro tarifario es obligatorio realizar la audiencia pública con entidades que representan a consumidores.

Te dejamos siete claves para entender qué resolvió el máximo tribunal:

1- Que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio.

2- Que se confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas. Es decir que se ratifica el fallo de la Cámara Federal de La Plata.

3- Que la decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales.

4- Que respecto de ellos, las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan.

5- Que se mantiene la tarifa social.

6- Que se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación.

7- Que se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos.

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