Con el nuevo Código, esperan que las causas no duren más de tres años

Por amplia mayoría, la Cámara aprobó cambios en la investigación y juzgamiento de los casos penales en la provincia.

A PRIMERA HORA. El vicegobernador Jaldo y el gobernador Manzur llegaron poco después de las 8.30 a la Cámara. la gaceta / FOTOs DE JORGE OLMOS SGROSSO A PRIMERA HORA. El vicegobernador Jaldo y el gobernador Manzur llegaron poco después de las 8.30 a la Cámara. la gaceta / FOTOs DE JORGE OLMOS SGROSSO
21 Octubre 2016

Luego de más de tres años de reuniones y de ruedas de consultas, y tras una sesión de ocho horas celebrada ayer, el Poder Legislativo le dio sanción al nuevo Código Procesal Penal de Tucumán (CPPT), que instaurará cambios sustanciales en la investigación y juzgamiento de las causas penales tramitadas por la Justicia provincial.

Debido a que la nueva normativa contempla modificaciones drásticas -implicará el rediseño del organigrama y de las estructuras edilicias del Poder Judicial-, se estableció su entrada en vigencia desde el 1 de septiembre de 2017. De todas formas, se le otorgó la potestad a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) de implementar el nuevo régimen de forma progresiva y gradual en los centros judiciales de la Capital, de Monteros y de Concepción. Hasta los legisladores más optimistas admitieron por lo bajo que la aplicación íntegra del reformado Código puede tardar al menos un par de años más que la fecha original prevista.

Las novedades que traerá el CPPT son incontables; entre las más importantes aparecen:

• la redeterminación de las funciones en el sistema acusatorio (por ejemplo, el juez ya no deberá “averiguar la verdad”, sino dictar sentencia en audiencia pública, de inmediato y ante las partes);

• la reformulación de la investigación penal y de los criterios de persecución (se pasará del principio de legalidad, que implica una revisión idéntica de todos los casos, al criterio de oportunidad, que prevé la resolución alternativa de conflictos con penas leves);

• la desformalización de la investigación penal preparatoria (no existirá más el expediente escrito; las audiencias serán orales, con un soporte magnético audiovisual y actas como única documentación);

• la implementación de audiencias públicas y orales para la toma de decisiones en todo el proceso;

• la tutela judicial efectiva para la víctima, que pasará a tener un rol activo en el proceso (se amplían sus derechos y potestades).

De los 407 artículos que contiene el Código, sólo uno (el número 25) llegó al recinto con visiones disímiles desde el oficialismo y un sector mayoritario de la oposición: el referido a las inmunidades constitucionales, que incluye -además de los miembros del cuerpo legislativo- a magistrados judiciales y a funcionarios del Ejecutivo sujetos a juicio político o juicio de destitución (ver nota aparte al respecto).

Al momento de la consideración en general del proyecto de ley, cuatro legisladores de la Unión Cívica Radical (UCR), dos del Peronismo del Bicentenario y dos del PRO votaron en contra del dictamen de mayoría. Así, la norma fue sancionada por 31 a ocho. Los demás opositores (tres de la UCR, uno de Fuerza Republicana y otro del sindicalismo bancario) se sumaron en el tratamiento particular -punto por punto- al rechazo del apartado referido a los fueros judiciales. En este caso, fueron 14 quienes alzaron la mano “por la negativa”.

La relevancia de la renovación íntegra del régimen penal -el Código actual fue sancionado hace 25 años- llevó a que las máximas autoridades de la provincia se reunieran en la Legislatura. Estuvieron el gobernador, Juan Luis Manzur; el vicegobernador, Osvaldo Jaldo; y los vocales de la Corte Suprema, Antonio Gandur (presidente), René Goane, Antonio Estofán y Claudia Sbdar (Daniel Posse se encuentra fuera del país). Además, participaron el ministro fiscal, Edmundo Jiménez, magistrados judiciales, funcionarios del PE y representantes de los colegios de abogados del sur y de la capital. Todos recibieron distinciones en un cuarto intermedio, en reconocimiento por su aporte como miembros de la comisión especial que elaboró el anteproyecto del nuevo CPPT.

El legislador oficialista Marcelo Caponio, presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y encargado desde el año pasado del comité reformista, defendió la iniciativa en el recinto. “Por primera vez en la historia de la provincia, la Legislatura, bajo un gobierno democrático, sanciona un Código Procesal Penal”, señaló, en alusión a que la normativa vigente, que data de 1991, fue aprobada durante la intervención del ex gobernador Julio César Aráoz. Aseguró luego que “el actual sistema de investigación y enjuiciamiento ha abandonado a la víctima del delito, por lo que el modelo es obsoleto, burocrático”. Consideró incluso que el Código vigente es “un aparato para impedir la resolución de los conflictos; se ha convertido en un ejemplo de producción industrial de la impunidad”. El peronista aclaró que esto “no es culpa” de los funcionarios y operadores del Poder Judicial, sino “del sistema”. En ese sentido, argumentó que, en 2015, de las 109.916 causas penales ingresadas en los tres centros judiciales, el 82,71% fueron archivadas, y sólo el 1% terminó con sentencia de fondo. Y cuestionó incluso que la Policía desarrolle tareas de prevención y de investigación penal. “Los casos más resonantes terminaron con actuaciones declaradas nulas, y muchas de ellas con efectivos policiales procesados o detenidos”, advirtió Caponio. Y remarcó que, una vez implementado el nuevo Código Procesal Penal, los casos graves no deberán extenderse por más de tres años.

Otros cambios 
Derechos de la víctima y la mujer
El nuevo Código Procesal Penal prevé que la víctima tendrá derecho a: el resguardo de su intimidad; requerir medidas de protección para su seguridad, la de sus familiares y la de los testigos que declaren a su pedido; ser informada del resultado del proceso, aun cuando no haya intervenido; asistencia letrada para querellar. Además, se incorporó a la normativa la ley 8.336 (de adhesión ley nacional 26.485), que promueve la “protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales”.
Separación del ministerio público
El Ministerio Público contará con autarquía financiera, autonomía funcional y administrativa. Además, habrá un ministerio público fiscal y de la defensa.
Nuevo organigrama
Todos los jueces penales (salvo los que integran la Corte) se organizarán en Colegios de Jueces. Mediante ley, se establecerá el número y forma de integración de los colegios para toda la provincia. También habrá un Colegio de Fiscales y un Colegio de Defensores. Se crea además la Oficina Judicial, encargada de asistir en las tareas y funciones administrativas al Colegio de Jueces y a Jueces de Ejecución.
Remedios procesales
Para evitar la nulidad de las causas por “actividad procesal defectuosa”, todas las fallas podrán ser saneadas, rectificando el error o cumpliendo el acto omitido, en una etapa prevista con ese fin.
pERMISO PARA QUERELLAR EN CASOS  DE CORRUPCIÓN
Los ciudadanos podrán actuar como querellantes en delitos de acción pública, “en aquellos casos de protección de bienes jurídicos en los que el interés difuso o colectivo se vea afectado por un delito, (siempre que) estas personas tengan por objeto en su constitución la protección de aquellos bienes jurídicos vulnerados”. También se establece la creación de la Policía Judicial, que participará como auxiliar de la Justicia provincial en las investigaciones penales. 

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Otros cambios 

Derechos de la víctima y la mujer
El nuevo Código Procesal Penal prevé que la víctima tendrá derecho a: el resguardo de su intimidad; requerir medidas de protección para su seguridad, la de sus familiares y la de los testigos que declaren a su pedido; ser informada del resultado del proceso, aun cuando no haya intervenido; asistencia letrada para querellar. Además, se incorporó a la normativa la ley 8.336 (de adhesión ley nacional 26.485), que promueve la “protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales”.

Separación del ministerio público
El Ministerio Público contará con autarquía financiera, autonomía funcional y administrativa. Además, habrá un ministerio público fiscal y de la defensa.

Nuevo organigrama
Todos los jueces penales (salvo los que integran la Corte) se organizarán en Colegios de Jueces. Mediante ley, se establecerá el número y forma de integración de los colegios para toda la provincia. También habrá un Colegio de Fiscales y un Colegio de Defensores. Se crea además la Oficina Judicial, encargada de asistir en las tareas y funciones administrativas al Colegio de Jueces y a Jueces de Ejecución.

Remedios procesales
Para evitar la nulidad de las causas por “actividad procesal defectuosa”, todas las fallas podrán ser saneadas, rectificando el error o cumpliendo el acto omitido, en una etapa prevista con ese fin.

PERMISO PARA QUERELLAR EN CASOS  DE CORRUPCIÓN
Los ciudadanos podrán actuar como querellantes en delitos de acción pública, “en aquellos casos de protección de bienes jurídicos en los que el interés difuso o colectivo se vea afectado por un delito, (siempre que) estas personas tengan por objeto en su constitución la protección de aquellos bienes jurídicos vulnerados”. También se establece la creación de la Policía Judicial, que participará como auxiliar de la Justicia provincial en las investigaciones penales. 

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