30 Noviembre 2016
RÉGIMEN. El Gobierno presentó en el Congreso un proyecto de reforma en Ganancias. ARCHIVO.
Las dos iniciativas para reformar Ganancias, la del oficialismo y la del Frente Renovador, que conduce el diputado nacional Sergio Massa, se centran en los importes del mínimo no imponible o en la corrección de las escalas del tributo.
“La actualización de estas pautas son un avance, pero no resultan suficientes”, analizó el especialista tucumano Carlos Ernesto Yatzkaier. En particular, en el proyecto oficial, según observó, hay un significativo retroceso en materia de deducciones, al eliminar las cargas de familia (cónyuge, padres, etcétera) y al limitar hasta los 18 años la deducción por hijo. “Esta medida desfinancia la educación universitaria, ya que un adolescente comienza sus estudios a esa edad y egresa, en promedio, entre los 25 y 26 años”, advirtió.
Por su parte, el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf) consideró que el proyecto del Gobierno nacional es un paso significativo hacia la reducción de las distorsiones del sistema, pero no es una solución definitiva.
En esa línea, la consultora marcó varios puntos negativos:
- La gradualidad propuesta en la readecuación del impuesto, que ya empezó con el ajuste de deducciones de 2016, implica que las reducciones de tasa efectiva no sean importantes si se los analiza en forma aislada y no en su conjunto. Esta situación puede provocar en los contribuyentes la sensación de que los cambios no han sido significativos. En este sentido, quizás debería avanzarse hacia una modificación de mayor importancia en el primer año, aun cuando globalmente se llegue a los mismos resultados.
- No se plantea el ajuste de los valores de las deducciones para los años 2017, 2018 y 2019, por consiguiente el efecto final de la reforma propuesta dependerá de que los índices de inflación (y por consiguiente los ajustes nominales de ingresos) sean acotados en los próximos años.
- No se estipula un mecanismo de ajuste automático de los parámetros de liquidación, como existe en la mayoría de los países que tienen impuestos similares. Esta situación deja nuevamente librados a los contribuyentes a la voluntad de los gobernantes de turno respecto al ajuste por inflación de los mismos, no aprovechando la oportunidad de aumentar la seguridad jurídica del sistema impositivo.
- Si bien el ajuste propuesto comprende a los trabajadores autónomos se mantiene el diferencial en el monto de deducciones computables respecto a los trabajadores dependientes, situación que aun deriva en tasas efectivas mucho más elevadas para iguales niveles de ingresos.
- No se contempla la adecuación del régimen simplificado (monotributo) para compatibilizarlo con el régimen general, a los efectos de que el pasar de uno a otro no signifique un salto extraordinario de presión tributaria como sucede en la actualidad. En consecuencia, deberían adecuarse los montos de facturación de los monotributistas para contemplar la desvalorización monetaria e incrementar el monto del impuesto unificado, principalmente en los niveles de facturación más elevados, de manera tal que la carga fiscal efectiva para las categorías superiores del régimen simplificado no sea muy diferente a la que corresponde a los nuevos parámetros de liquidación de ganancias de los trabajadores autónomos.
- Se modifican deducciones computables, en el sentido de que se eliminan algunas (cónyuge), o se limitan las posibilidades de cómputos de otras.
- A los efectos de que el incremento de la tasa efectiva sea más progresivo, podría haberse planteado la división de la escala en una mayor cantidad de tramos.
Iaraf, sin embargo, resaltó datos positivos de la iniciativa de la Nación. Uno de ellos es que la reducción de la alícuota efectiva y, por ende, de presión tributaria van a ser muy importantes para la mayor parte de los tramos de ingresos considerados. Además, al ampliar los tramos de la escala y permitir que los niveles medios de ingresos no queden impactados por la alícuota superior, se restituye la progresividad.
“Si bien es cierto que la falta de ajuste de las deducciones para los años 2017, 2018 y 2019 podría provocar que ingresen nuevos contribuyentes al impuesto, se estipula un tramo inicial de ingresos gravados alcanzado por una alícuota del 5%, de manera tal que la alícuota efectiva de esos contribuyentes será muy reducida”, dijo Iaraf en su último informe de análisis.
“La actualización de estas pautas son un avance, pero no resultan suficientes”, analizó el especialista tucumano Carlos Ernesto Yatzkaier. En particular, en el proyecto oficial, según observó, hay un significativo retroceso en materia de deducciones, al eliminar las cargas de familia (cónyuge, padres, etcétera) y al limitar hasta los 18 años la deducción por hijo. “Esta medida desfinancia la educación universitaria, ya que un adolescente comienza sus estudios a esa edad y egresa, en promedio, entre los 25 y 26 años”, advirtió.
Por su parte, el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf) consideró que el proyecto del Gobierno nacional es un paso significativo hacia la reducción de las distorsiones del sistema, pero no es una solución definitiva.
En esa línea, la consultora marcó varios puntos negativos:
- La gradualidad propuesta en la readecuación del impuesto, que ya empezó con el ajuste de deducciones de 2016, implica que las reducciones de tasa efectiva no sean importantes si se los analiza en forma aislada y no en su conjunto. Esta situación puede provocar en los contribuyentes la sensación de que los cambios no han sido significativos. En este sentido, quizás debería avanzarse hacia una modificación de mayor importancia en el primer año, aun cuando globalmente se llegue a los mismos resultados.
- No se plantea el ajuste de los valores de las deducciones para los años 2017, 2018 y 2019, por consiguiente el efecto final de la reforma propuesta dependerá de que los índices de inflación (y por consiguiente los ajustes nominales de ingresos) sean acotados en los próximos años.
- No se estipula un mecanismo de ajuste automático de los parámetros de liquidación, como existe en la mayoría de los países que tienen impuestos similares. Esta situación deja nuevamente librados a los contribuyentes a la voluntad de los gobernantes de turno respecto al ajuste por inflación de los mismos, no aprovechando la oportunidad de aumentar la seguridad jurídica del sistema impositivo.
- Si bien el ajuste propuesto comprende a los trabajadores autónomos se mantiene el diferencial en el monto de deducciones computables respecto a los trabajadores dependientes, situación que aun deriva en tasas efectivas mucho más elevadas para iguales niveles de ingresos.
- No se contempla la adecuación del régimen simplificado (monotributo) para compatibilizarlo con el régimen general, a los efectos de que el pasar de uno a otro no signifique un salto extraordinario de presión tributaria como sucede en la actualidad. En consecuencia, deberían adecuarse los montos de facturación de los monotributistas para contemplar la desvalorización monetaria e incrementar el monto del impuesto unificado, principalmente en los niveles de facturación más elevados, de manera tal que la carga fiscal efectiva para las categorías superiores del régimen simplificado no sea muy diferente a la que corresponde a los nuevos parámetros de liquidación de ganancias de los trabajadores autónomos.
- Se modifican deducciones computables, en el sentido de que se eliminan algunas (cónyuge), o se limitan las posibilidades de cómputos de otras.
- A los efectos de que el incremento de la tasa efectiva sea más progresivo, podría haberse planteado la división de la escala en una mayor cantidad de tramos.
Iaraf, sin embargo, resaltó datos positivos de la iniciativa de la Nación. Uno de ellos es que la reducción de la alícuota efectiva y, por ende, de presión tributaria van a ser muy importantes para la mayor parte de los tramos de ingresos considerados. Además, al ampliar los tramos de la escala y permitir que los niveles medios de ingresos no queden impactados por la alícuota superior, se restituye la progresividad.
“Si bien es cierto que la falta de ajuste de las deducciones para los años 2017, 2018 y 2019 podría provocar que ingresen nuevos contribuyentes al impuesto, se estipula un tramo inicial de ingresos gravados alcanzado por una alícuota del 5%, de manera tal que la alícuota efectiva de esos contribuyentes será muy reducida”, dijo Iaraf en su último informe de análisis.
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