26 Abril 2017
ARCHIVO LA GACETA / FRANCO VERA
BUENOS AIRES.- La Cámara de Diputados convirtió en ley un proyecto que declara zona de emergencia por 180 días a localidades de Tucumán y de las provincias de Catamarca, Corrientes, Buenos Aires, Santa Fe, Misiones, Chubut, Río Negro, La Pampa, Salta y Jujuy, como consecuencia de las inundaciones registradas en los primeros días de abril.
Según la agencia DyN, la propuesta fue sancionada esta noche sobre tablas con 166 votos afirmativos, dos negativos y una abstención.
¿En qué consiste la ley?
El proyecto votado con un amplio consenso ordena la asistencia económica y financiera de la Nación, además de garantizar exenciones impositivas a las familias damnificadas. Además se establece que el Gobierno puede prorrogar el plazo de 180 días e incluir a otras localidades que no estuvieron incluidas en esta iniciativa.
Inundaciones: vecinos de La Madrid volvieron a manifestarse para pedir la renuncia del delegado
El Poder Ejecutivo deberá constituir en el plazo de 30 días un fondo especial, con aportes del Tesoro Nacional, para afrontar la asistencia a los damnificados y la reconstrucción de las economías afectadas. Estas partidas serán distribuidas de acuerdo a los objetivos y prioridades que se fijen en coordinación con las provincias y los municipios afectados.
También se establece el envío de fondos adicionales a la cobertura de planes sociales en las zonas afectadas mientras dure la emergencia, como así también deberá adoptar las medidas necesarias para preservar y restablecer las relaciones laborales.
Según la agencia DyN, la propuesta fue sancionada esta noche sobre tablas con 166 votos afirmativos, dos negativos y una abstención.
¿En qué consiste la ley?
El proyecto votado con un amplio consenso ordena la asistencia económica y financiera de la Nación, además de garantizar exenciones impositivas a las familias damnificadas. Además se establece que el Gobierno puede prorrogar el plazo de 180 días e incluir a otras localidades que no estuvieron incluidas en esta iniciativa.
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El Poder Ejecutivo deberá constituir en el plazo de 30 días un fondo especial, con aportes del Tesoro Nacional, para afrontar la asistencia a los damnificados y la reconstrucción de las economías afectadas. Estas partidas serán distribuidas de acuerdo a los objetivos y prioridades que se fijen en coordinación con las provincias y los municipios afectados.
También se establece el envío de fondos adicionales a la cobertura de planes sociales en las zonas afectadas mientras dure la emergencia, como así también deberá adoptar las medidas necesarias para preservar y restablecer las relaciones laborales.
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