Doce respuestas para enfrentar los vencimientos impositivos de junio

A HACER NÚMEROS. Junio es un mes repleto de vencimientos impositivos. FOTO TOMADA DEL CONCEJO DE PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE CÓRDOBA A HACER NÚMEROS. Junio es un mes repleto de vencimientos impositivos. FOTO TOMADA DEL CONCEJO DE PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE CÓRDOBA

Ya está disponible en el sitio web de la AFIP la nueva versión en la cual se ingresa la información de manera unificada.

29 Mayo 2017

Se viene un mes complicado para los contribuyentes; un mes con demasiada adrenalina para los profesionales en Ciencias Económicas. Junio será intenso para las actividades impositivas, ya que vencerá la presentación de declaraciones juradas y pagos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales de las personas correspondiente al período fiscal 2016.

Una de las novedades de este año, es que durante el mes que se iniciará el jueves, vencerán las llamadas declaraciones Informativas (Empleados y Jubilados) y también las denominadas Declaraciones determinativas (resto de personas humanas), explica a LA GACETA el tributarista Octavio Concilio. A diferencia de años anteriores, aquellas que determinaban impuesto vencían en abril o mayo (distintos casos), pero fueron modificadas para junio, debido a que, por ley de Blanqueo que venció el 31 de abril, los vencimientos eran muy exiguos para el cumplimiento de las obligaciones.

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Concilio recuerda que, en la página www.afip.gob.ar, ya está disponible la Nueva Versión 18, mediante la cual se ingresa, en forma unificada, la información para confeccionar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. De esa manera se generan dos archivos independientes: Formulario F711 para Ganancias y/o Formulario F762/A para Bienes Personales, que se deberán presentar hasta la fecha de vencimiento por transferencia electrónica de datos mediante clave fiscal.

Presentación online

Pero la gran novedad del fisco para este ejercicio, es que se pondrá a disposición un servicio web para presentar declaraciones juradas de “Bienes personales web” (disponible a partir del 29-05), para aquellos contribuyentes que hayan “sincerado” (blanqueado bienes), indica el experto. El Servicio Web “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas” utilizado por empleados (DJ Informativas) estará disponible recién a partir del 12 de junio.

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En el Aplicativo y el servicio web, se encontrará disponible la información para Bienes Personales al 31 de diciembre de 2016, correspondiente a las Valuaciones de Automóviles, Motocicletas y Motos, Transporte de pasajeros, Camiones, Pick-Ups; y las Cotizaciones de Moneda extranjera, Obligaciones Negociables, certificados de Participación, títulos de Deuda, Títulos Públicos, Fondos comunes de Inversión.

Por otra parte, la AFIP informó que en los próximos días habilitará la posibilidad de que los “contribuyentes cumplidores” puedan pagar en una cuota más los planes de pago de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales. La entidad “fijó nuevas pautas para los planes de pago, conocidos como ‘miniplanes’, que se utilizan para abonar los saldos de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales” y estarán destinados a los “contribuyentes cumplidores”, anunció el organismo oficial.

De esta forma, “quienes tengan una mayor calificación en el Sistema de Perfil de Riesgo podrán acceder a una cuota más”, según precisó la entidad recaudadora en un comunicado.

preguntas frecuentes
============NO 22 TEX Preguntas - Numero (11495578)============
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============22 TEX preguntas (11495579)============
¿Quiénes deben presentar Declaración Informativa?
Empleados, jubilados y pensionados que hayan obtenido durante 2016 sueldos brutos iguales o superiores a $500.000. El monto se modificó para 2016, ya que en 2015 eran $200.000 bienes personales y $ 300.000 ganancias.
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============22 TEX preguntas (11495573)============
Si soy monotributista, ¿debo presentar declaración informativa de Ganancias o Bienes Personales?
No, el régimen corresponde para aquellos que son empleados, jubilados o pensionados. Si bienes personales supera los 
$ 800.000 si se deberá presentar declaración determinativa.
============NO 22 TEX Preguntas - Numero (11495576)============
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============22 TEX preguntas (11495577)============
Si tengo un plazo fijo, ¿debo informarlo?
Si. Pero hay que tener en cuenta que si ese plazo fijo cumple con las condiciones de la normativa, debe informarse su valor en la columna de exento. Eso es algo que no debe obviarse a la hora de hacer una presentación.
============NO 22 TEX Preguntas - Numero (11495574)============
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============22 TEX preguntas (11495575)============
¿Quiénes deben hacer declaración Determinativa?
Las personas que tengan en el año, ganancias gravadas que superen los montos minimos de: ganancias no imponibles, más las deducciones por cargas de familia previstos en la ley, “excepto” empleados, jubilados y pensionados.
============NO 22 TEX Preguntas - Numero (11495570)============
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============22 TEX preguntas (11495571)============
¿Estoy inscripto en Bienes Personales. ¿Debo presentar Dj Informativa de Bienes? ¿Cuándo vence? No, en éste caso se debería presentar declaración jurada determinativa del impuesto, cuyo vencimiento opera del 12 al 16 de junio, según cronograma de AFIP.
============NO 22 TEX Preguntas - Numero (11495568)============
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============22 TEX preguntas (11495569)============
¿Debo informar únicamente el detalle de los bienes o también indicar algún valor?
Además de la información relativa a cada bien, deberá informar las valuaciones de acuerdo a las normas de la ley de Bienes Personales.
============NO 22 TEX Preguntas - Numero (11495565)============
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============22 TEX preguntas (11495566)============
¿Debo incorporar los bienes exteriorizados por la ley de Blanqueo? Sí, deben incluirse en las declaraciones juradas del 2016, ya que se considera como fecha de ingreso al patrimonio la de preexistencia (22 de julio 2016). La valuación será la establecida según la ley 27.260. 
============NO 22 TEX Preguntas - Numero (11495559)============
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============22 TEX preguntas (11495560)============
En 2016 sufrí retenciones de Ganancias de mi empleador, ¿debo declarare Ganancias?
Si las retenciones fueron correctas y no tuvo otra actividad alcanzada en Ganancias, sólo corresponde la presentación si el sueldo bruto resultó igual o superior a $ 500.000.
============NO 22 TEX Preguntas - Numero (11495563)============
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============22 TEX preguntas (11495564)============
¿Cuál es la escala de alícuotas de Bienes Personales para el período 2016?
No hay escala para el 2016. En cambio, sí existe una alícuota proporcional de 0,75% que rige para todos los casos que se contemplan.
============NO 22 TEX Preguntas - Numero (11495561)============
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============22 TEX preguntas (11495562)============
¿Si supero los $800.000 valuación de bienes en 2016 ¿la base impositiva se calcula sobre el total?
No. Se calcula sobre el excedente de $ 800.000 y a esa diferencia se aplica la  proporcional del 0,75%. Esta es una de las principales reformas establecidas este año.
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============22 TEX preguntas (11495558)============
En enero último adquirí un auto. ¿Debo incorporarlo en la declaración jurada que vence en junio?
No. Solamente se debe incorporar para el período fiscal 2016, los bienes del contribuyente hasta el 31 de diciembre de 2016.
============NO 22 TEX Preguntas - Numero (11495555)============
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============22 TEX preguntas (11495556)============
¿Debo obtener CUIT e inscribirme en los impuestos para presentar las declaraciones?
Informativas: no es necesario, siempre que tenga el carácter de informativa. Determinativas: sí, hay que obtener CUIT ante la AFIP y dar de alta en el impuesto.

Preguntas frecuentes

1- ¿Quiénes deben presentar Declaración Informativa?
Empleados, jubilados y pensionados que hayan obtenido durante 2016 sueldos brutos iguales o superiores a $500.000. El monto se modificó para 2016, ya que en 2015 eran $200.000 bienes personales y $ 300.000 ganancias.

2- Si soy monotributista, ¿debo presentar declaración informativa de Ganancias o Bienes Personales?
No, el régimen corresponde para aquellos que son empleados, jubilados o pensionados. Si bienes personales supera los $ 800.000 si se deberá presentar declaración determinativa.

3- Si tengo un plazo fijo, ¿debo informarlo?
Si. Pero hay que tener en cuenta que si ese plazo fijo cumple con las condiciones de la normativa, debe informarse su valor en la columna de exento. Eso es algo que no debe obviarse a la hora de hacer una presentación.

4- ¿Quiénes deben hacer declaración determinativa?
Las personas que tengan en el año, ganancias gravadas que superen los montos minimos de: ganancias no imponibles, más las deducciones por cargas de familia previstos en la ley, “excepto” empleados, jubilados y pensionados.

5- ¿Estoy inscripto en Bienes Personales. ¿Debo presentar Dj Informativa de Bienes? ¿Cuándo vence?

No, en éste caso se debería presentar declaración jurada determinativa del impuesto, cuyo vencimiento opera del 12 al 16 de junio, según cronograma de AFIP.

6- ¿Debo informar únicamente el detalle de los bienes o también indicar algún valor?
Además de la información relativa a cada bien, deberá informar las valuaciones de acuerdo a las normas de la ley de Bienes Personales.

7- ¿Debo incorporar los bienes exteriorizados por la ley de Blanqueo?

Sí, deben incluirse en las declaraciones juradas del 2016, ya que se considera como fecha de ingreso al patrimonio la de preexistencia (22 de julio 2016). La valuación será la establecida según la ley 27.260. 

8- En 2016 sufrí retenciones de Ganancias de mi empleador, ¿Debo declarare Ganancias?
Si las retenciones fueron correctas y no tuvo otra actividad alcanzada en Ganancias, sólo corresponde la presentación si el sueldo bruto resultó igual o superior a $ 500.000.

9- ¿Cuál es la escala de alícuotas de Bienes Personales para el período 2016?
No hay escala para el 2016. En cambio, sí existe una alícuota proporcional de 0,75% que rige para todos los casos que se contemplan.

10- ¿Si supero los $800.000 valuación de bienes en 2016 ¿la base impositiva se calcula sobre el total?
No. Se calcula sobre el excedente de $ 800.000 y a esa diferencia se aplica la  proporcional del 0,75%. Esta es una de las principales reformas establecidas este año.

11- En enero último adquirí un auto. ¿Debo incorporarlo en la declaración jurada que vence en junio?
No. Solamente se debe incorporar para el período fiscal 2016, los bienes del contribuyente hasta el 31 de diciembre de 2016.

12- ¿Debo obtener CUIT e inscribirme en los impuestos para presentar las declaraciones?
Informativas: no es necesario, siempre que tenga el carácter de informativa. Determinativas: sí, hay que obtener CUIT ante la AFIP y dar de alta en el impuesto.

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