“La ANAC no tiene jurisdicción sobre los vuelos en parapente”

El titular de la Aviación Civil remarcó que la actividad no se matricula

LOS VUELOS. Según Insausti, el control no es competencia de la ANAC. LA GACETA/FOTO DE MATÍAS QUINTANA
LOS VUELOS. Según Insausti, el control no es competencia de la ANAC. LA GACETA/FOTO DE MATÍAS QUINTANA
07 Enero 2018

El titular de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), Tomás Insausti, disipó las dudas acerca de los alcances de ese organismo respecto de los vuelos en parapente. Es que el jueves, durante una reunión con el padre de Natalia Vargas, Regino Amado, ministro de Gobierno y Justicia de la Provincia, había señalado a la ANAC como la total responsable de la regulación y el control de la disciplina en el territorio nacional.

“Lo que dispara la competencia de ANAC, que es la autoridad aeronáutica nacional, es todo aquello que se matricula, que no es el caso del parapente. Eso, en términos generales, a nosotros nos deja fuera de competencia. En ese sentido, la ANAC funciona -siendo una de sus funciones- como una especie de registro del automotor. Pero el parapente no se registra, no tiene una matrícula”, resumió Insausti en diálogo telefónico con LA GACETA.

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Luego de firmar el decreto que suspende temporalmente los vuelos en parapente en la provincia, el ministro de Seguridad, Claudio Maley, había dicho que pedirían a las autoridades vinculadas las normativas vigentes sobre la actividad. Insausti, sin embargo, confirmó que hasta el viernes no había recibido ninguna notificación al respecto, aunque se manifestó dispuesto a colaborar con el Gobierno provincial para aportar claridad sobre este tema.

“El único punto de contacto que podríamos tener con el parapente es respecto del uso del espacio aéreo. Concretamente, nosotros les decimos dónde no pueden volar para no interrumpir el tránsito aéreo. En ese sentido, es para nosotros algo similar a una antena: un obstáculo para las aeronaves. Eso sería algo excepcional, porque en general esta disciplina se practica en espacios aéreos no controlados, donde la ANAC no tiene jurisdicción ni debería tenerla”, explicitó el administrador y sugirió que, por la ubicación de Loma Bola, es casi un hecho que se trate de un espacio aéreo no controlado.

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Paracaídas, sí

“De ahí en más, la ANAC no matricula el aparato, no dicta normas de cómo usarlo, no homologa equipamiento, no habilita ni inspecciona equipos ni otorga licencias de ningún tipo a los pilotos de parapente”, agregó Insausti.

Lo más cercano a un parapente en lo que sí tiene injerencia ANAC son los paracaídas, como una normativa heredada de la Fuerza Aérea Argentina. “Es un caso excepcional y particular, pero no tiene relación con el parapente. De hecho, en el mundo ya se empieza a hablar de desvincular a la autoridad aeronáutica de cada país con el uso del paracaídas. Hacia eso vamos. Otro caso especial son los drones, que son aeronaves no tripuladas, y constantemente se están cambiando las normativas. En ese caso sí regulamos, pero tampoco no tiene nada que ver con el parapente. No se trata de eximirnos de una responsabilidad, pero es efectivamente una disciplina en la que no tenemos ninguna injerencia”, finalizó.

En 2001, la Fuerza Aérea, en una disposición oficial, había aprobado las normas para las actividades de vuelo con aerodeslizadores, que incluían parapentes, alas deltas o similares. Esa norma fue modificada con el paso del tiempo.

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