La Legislatura le quita poder a la Corte en la aplicación del nuevo proceso penal

“La sensación es que hubo una omisión del alto tribunal al no tener en cuenta que habían vencido los plazos”, afirmó Juri (PJ) Establecerán por ley que el renovado Código de Procedimiento regirá en todo Tucumán desde febrero de 2019

DE APURO. Los presidentes de bloque de la Legislatura debieron reunirse ayer y sesionarán este lunes.  prensa legislatura DE APURO. Los presidentes de bloque de la Legislatura debieron reunirse ayer y sesionarán este lunes. prensa legislatura

El Poder Legislativo aceptó el pedido de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) de prorrogar por segunda vez la implementación del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia, una normativa que promete agilizar los plazos de las investigaciones penales y modernizar el juzgamiento de los delitos en los tribunales tucumanos.

Los legisladores, sin embargo, no seguirán al pie de la letra los requerimientos del alto tribunal.

En la sesión especial convocada para el lunes, establecerán como nueva fecha para la puesta en vigencia del Código Procesal Penal el 1 de febrero de 2019. Pero lo harán a través de un proyecto de ley -no aceptaron ratificar las acordadas dictadas esta semana por el alto tribunal-; dispondrán que la norma regirá en los centros judiciales de toda la provincia -no sólo en Concepción, como pretendían los magistrados-; y le quitarán a la Corte el poder de aplicar de manera gradual -y según sus criterios- la renovada normativa procesal.

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Todo esto fue resuelto ayer por la comisión de Labor Parlamentaria, que está integrada por los jefes de los bloques políticos y las autoridades del Poder Legislativo. “Hemos tenido posiciones distintas, que quede claro, pero hemos llegado luego del debate a un consenso, y es que la Legislatura debe autorizar la prórroga”, indicó el presidente subrogante del cuerpo colegiado, Fernando Juri.

El peronista, tras una consulta de LA GACETA, detalló cómo vivieron esta inédita situación los referentes de la Cámara. “La sensación es que hubo una omisión por parte de la Corte, en cuanto a no haber tenido en cuenta que se habían vencido los plazos de la prórroga que se había emitido (y regía hasta el 1 de abril pasado). Pero la seguridad jurídica (en la provincia) quedará salvada, en virtud de que hemos decidido sancionar una ley para otorgar un nuevo plazo”, afirmó Juri.

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El Código Procesal Penal tucumano rige desde 1991. En 2012, el alto tribunal provincial impulsó una prueba piloto por acordada que apuntaba a instaurar un nuevo régimen en el sur. En un clima de tensión institucional, el oficialismo de la Legislatura reclamó entonces que el rediseño de ese sistema debía ser efectuado por ley. Así, se conformó una comisión especial interpoderes que trabajó dos años en un anteproyecto. La norma fue sancionada en 2016, y debía comenzar a regir en septiembre de 2017.

Debido a que se requerían inversiones edilicias, un nuevo organigrama y un período de capacitación para todos los actores del fuero penal, la Corte solicitó una primera prórroga hasta el 1 de abril de este año, que le fue otorgada. Pero el martes, cuando ya se había vencido ese plazo, llegó a Mesa de Entradas de la Legislatura una nota del presidente de la CSJT, Daniel Posse, en la que requería al vicegobernador, Osvaldo Jaldo, una nueva extensión.

Ese día, en horas de la tarde, mediante acordada, los vocales Posse, René Goane (vocal decano), Antonio Estofán y Antonio Gandur (Claudia Sbdar estaba de licencia) dictaron una acordada que “congelaba” la puesta en vigencia del Código Procesal Penal. Dos días después, Goane envió otra nota a la Legislatura para solicitar que se otorgue la prórroga dispuesta por el alto tribunal “por los medios correspondientes”.

Los legisladores, si bien tomaron nota de los planteos de la Corte Suprema, desestimaron todos los instrumentos dictados desde el Palacio de Justicia. En su lugar, sancionarán una ley.

“En realidad, la ratificación de una acordada por parte del Poder Legislativo es inviable”, señaló Juri respecto a este trámite. Anticipó que la próxima semana podría celebrarse un encuentro entre autoridades de la Justicia y de la Legislatura por este tema.

Tras la reunión de Labor Parlamentaria, la comisión de Asuntos Institucionales elaboró un proyecto y emitió un dictamen unánime. El titular de este grupo de trabajo, el peronista Marcelo Caponio, explicó que se resolvió “la derogación expresa del artículo 405 (del nuevo Código de Procedimientos), que otorgaba a la Corte las facultades para implementarlo de manera progresiva”. Y agregó que oficialistas y opositores expusieron críticas en el comité hacia la cabeza de la Justicia. “Hemos destacado la contradicción de la Corte en cada uno de sus actos”, sostuvo Caponio.

Actos de corrupción: una definición
n La Convención Interamericana contra la Corrupción vigente en Argentina define a la corrupción como el requerimiento o la aceptación, directa o indirecta, por un funcionario público de cualquier objeto de valor pecuniario, u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas. También hay corrupción cuando un funcionario público realiza cualquier acto u omisión en el ejercicio de sus funciones, con el fin de obtener beneficios para sí mismo o un tercero.


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