Los docentes estatales deberán cubrir por ley las más de 3.500 mesas de votación

Cerca de 36.000 maestros y profesores de la Provincia podrán inscribirse en un registro del Ministerio de Educación para ser autoridades.

Los docentes estatales deberán cubrir por ley las más de 3.500 mesas de votación
16 Noviembre 2018

Para actuar como autoridad de mesa en las elecciones, según las normas vigentes, hay que ser elector hábil, residir en la sección electoral en la que deba desempeñarse y saber leer y escribir. En las provinciales de 2019, además, quienes sean docentes estatales correrán con ventaja, si es que optan por asumir el rol de velar por el correcto desarrollo de la votación.

El vicegobernador, Osvaldo Jaldo (PJ), anunció ayer que el oficialismo de la Legislatura llevará a cabo esa reforma al sistema electoral en la sesión acordada en Labor Parlamentaria para el jueves de la semana próxima.

“Una de las modificaciones (al régimen de votaciones) es la ley que prevé que los docentes presidan las mesas en la elecciones provinciales. Se pone a personas capacitadas, idóneas. Vamos a jerarquizar el proceso electoral desde el primer minuto que arranca”, afirmó Jaldo en rueda de prensa, en un recorrido de obras de cloacas por barrio 24 de Septiembre. Adelantó que la medida incluirá a “docentes y maestros tucumanos de nivel primario y secundario”. Y agregó: “si así lo deciden los legisladores en la sesión del jueves próximo, vamos a (sancionar) esta ley en el recinto”.

El tranqueño se reincorporó a la presidencia de la Legislatura, luego de haber quedado en ejercicio del Poder Ejecutivo (PE) durante la misión oficial del gobernador Juan Manzur por Perú, EEUU e Israel.

Jaldo, en diversas ocasiones, aseveró que no habrá lugar para cambios sobre el sistema electoral el año próximo para evitar suspicacias. Desde 2015 hasta hoy, hubo decenas de proyectos y dos modificaciones concretas vía ley: la eliminación de los partidos comunales y municipales (la norma está judicializada) y la autorización para las candidaturas múltiples para cargos provinciales y nacionales.

DE NUEVO EN LA CÁMARA. Jaldo regresó al ejercicio de la vicegobernación. la gaceta / foto de Osvaldo Ripoll (archivo) DE NUEVO EN LA CÁMARA. Jaldo regresó al ejercicio de la vicegobernación. la gaceta / foto de Osvaldo Ripoll (archivo)

Ahora, se viene la tercera. La propuesta bajo análisis lleva las firmas del presidente subrogante de la Cámara, Fernando Arturo Juri, del jefe del bloque oficialista, Ramón Santiago Cano, y de las peronistas Nancy Bulacio y Graciela del Valle Gutiérrez. El texto original establecía una alteración al Régimen Electoral Provincial (ley 7.876) para que la designación de las autoridades de mesa, titulares y suplentes, surgiera de la planta de docentes estatales de la Provincia.

El peronismo llevó a cabo rondas de diálogo con los gremios de ATEP, APEM y AMET, que nuclean a buena parte de los 36.000 educadores estatales. Los representantes de los trabajadores aceptaron que el sector asuma esa carga pública, pero con la condición de que, en principio, no sea obligatoria. Por ello, se acordó que los docentes interesados se inscriban en un registro que llevará a cabo el Ministerio de Educación, y que luego girará a la Junta Electoral Provincial (JEP). Este órgano deberá cotejar los datos para constatar que los “voluntarios” no estén afiliados a un partido y que no sean candidatos a un cargo electivo, entre otras condiciones para ejercer como presidente o suplente de mesa. 

Los que superen el “filtro” pasarán luego a la etapa de capacitación. Si bien no está oficializado, se habla de un taller que rondaría las 40 horas de clases, y que abordará todo el proceso de votación: desde el armado de la urna hasta la confección del escrutinio provisorio. 

La intención es que los docentes reciban puntaje docente (serían dos o tres) por participar de los talleres y finalizarlos. Además, las normas contemplan el pago de viáticos, que deben ser fijados por la JEP. En el órgano electoral están a la espera de lo que haga la Legislatura, ya que si se sanciona esta iniciativa, también se deberá coordinar con el Ministerio de Educación la logística de la jornada de votación, que incluye aspectos como el traslado de los docentes y el reparto de viandas para afrontar el arduo trabajo. En 2015 fueron casi 3.500 las mesas, por lo que se requeriría al menos 7.000 encargados titulares y suplentes en 2019.

A pedido de los gremios, el sistema no será obligatorio para los educadores. En caso de que la Junta no alcance a completar las autoridades requeridas, se aplicará la vía tradicional, siguiendo los datos del padrón y escogiendo a un ciudadano habilitado para votar. Entonces, si resulta designado un docente estatal, deberá desempeñar esa tarea -salvo excusación válida-, ya que se trata de una carga pública.

Una carga pública

Irrenunciable.- Según el sitio web de la Junta Electoral de la Provincia (JEP), cada mesa debe tener “como única autoridad un ciudadano, que actuará con el título de presidente. Se designará también un suplente”. Ese rol es “un deber público irrenunciable”. Quienes reciban la capacitación y cumplan con esa tarea hasta el final “recibirán una compensación consistente en una suma fija, en concepto de viático”. Es tarea de la JEP nombrar al presidente y al suplente de cada mesa “con una antelación no menor de 20 días antes a la fecha de la elección”.

Obligación.- “Los presidentes de mesa y los suplentes deberán estar presentes en el momento de la apertura y clausura del acto electoral, siendo su misión especial velar por el correcto y normal desarrollo del mismo. Al reemplazarse entre sí, los funcionarios dejarán constancia escrita de la hora en que toman y dejan el cargo”, agrega el sitio de la Junta Electoral.

Excusación.- Las excusaciones de quienes resulten designados deben ser formuladas dentro de los tres días de la notificación. “Únicamente podrán invocarse razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificadas. Transcurrido este plazo, sólo podrán excusarse por causas sobrevivientes, las que serán objeto de consideración especial por la Junta”, detalla el órgano de control electoral. También tienen ese margen de tiempo para plantear la excusación los votantes mayores de 70 años que resultaren designados como presidente o suplente de mesa electoral.

Excepción.- “Es causal de excepción el desempeñar funciones de organización y/o dirección de un partido político y/o ser candidato. Se acreditará (esta situación) mediante certificación de las autoridades del respectivo partido”, detalla la web de la Junta.

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