Dos fiscales federales piden la detención del empresario Paolo Rocca

Stornelli y Rívolo apelaron la decisión del juez Bonadio, que había dispuesto el procesamiento sin prisión preventiva del CEO del Grupo Techint.

DESLINDÓ RESPONSABILIDADES. Paolo Rocca admitió que se usó dinero con “fines humanitarios” para sostener una planta en Venezuela. ARCHIVO DESLINDÓ RESPONSABILIDADES. Paolo Rocca admitió que se usó dinero con “fines humanitarios” para sostener una planta en Venezuela. ARCHIVO
05 Diciembre 2018

Los fiscales Carlos Stornelli y Carlos Rívolo apelaron ayer la decisión del juez Claudio Bonadio en la que procesó sin prisión preventiva al CEO del Grupo Techint Paolo Rocca por asociación ilícita y pago de coimas a ex funcionarios kirchneristas.

Según la apelación, solicitaron que el procesamiento de Rocca sea con prisión preventiva. El tema queda ahora a estudio de la Sala I de la Cámara Federal, que debe resolver también si confirma los procesamientos de Cristina Kirchner y el resto de ex funcionarios y empresarios por los delitos de asociación ilícita, cohecho y dádivas.

Los fiscales pidieron también que se dicte la prisión preventiva del ex Jefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina, su ex secretario privado Martín Larraburu y los empresarios Alberto Padoán (de la firma Vicentín) y Rubén Aranda (de Proalsa-Chimen Aike).

Según los fiscales, se comprobó que "los imputados Juan Abal Medina, Hugo Martín Larraburu, Paolo Rocca, Alberto Ángel Padoan y Rubén David Aranda convergieron junto a funcionarios públicos del más alto nivel en la perpetración de un emprendimiento criminal complejo, ideado, planificado y ejecutado, como señaló el juez, con el objeto de recaudar dinero ilegal con el fin de enriquecerse ilegalmente y de utilizar parte de esos fondos en la comisión de otros delitos".

Para los fiscales les corresponde a estos procesados la misma situación de prisión preventiva que se decidió en el caso de otros imputados en el caso Cuadernos.

Stornelli y Rívolo explicaron: "Se ha probado(…) que los hechos juzgados ostentan las notas distintivas de las prácticas organizadas de corrupción estatal y empresarial ideadas, planificadas y perpetradas desde las altas esferas del poder público. Se trató por tanto de un emprendimiento criminal, concebido, proyectado y sostenido en el tiempo con un nivel de sofisticación y profesionalismo que permitió una extensión temporal prolongada".

"Va de suyo -añadieron Stronelli y Rívolo- que esta organización criminal, tal como se dio por probado en esta causa, importó la actuación mancomunada de varios intervinientes, cuyos roles fueron distribuidos y orquestados a través de un esquema de organización".

En su apelación, los fiscales señalaron: "Es aquí dentro de este esquema, donde resalta la irrupción presuntamente criminal de varios empresarios, cuyas voluntades se plegaron de manera decisiva a otros integrantes de la organización, entonces funcionarios públicos, y cuyos roles adquieren una singular trascendencia, puesto que ayudaron a estructurar un esquema de organización que excedió el mero acuerdo de voluntades entre quienes decidieron participar".

Agregaron que "por el contrario, muchos de ellos se valieron y habrían usufructuado los beneficios ilícitos que apareja la pertenencia de esta estructura criminal, en pos de sacar provecho del pacto ilícito acordado entre funcionarios y empresarios".

Concluyeron que "así pues en lo que respecta a los imputados Abal Medina, Larraburu, Rocca, Padoán y Aranda, ese vínculo asociativo y las acciones concretas que habrían desplegado cada uno de ellos ata su situación procesal a un nivel de injusto semejante al del resto de los imputados a quienes vuestra señoría sí procesó con prisión preventiva, independientemente de que algunos de ellos continúen transitando en libertad atento a lo resuelto por vía incidental (excarcelación y exención de prisión según el caso)". (Fuente, Infobae)

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