Elecciones en Tucumán: la multa por pegar el faltazo será de $ 50

Quienes figuren en el padrón deben votar mañana. Sólo será optativo para los menores de 18 años y los mayores de 70.

08 Junio 2019

¿Tengo la obligación de votar? 
Sí. La Constitución Nacional, en su artículo 37, dice que el voto es obligatorio, siempre que figuren en el padrón electoral y tengan el documento habilitante. Es optativo para los adolescentes de entre 16 y 17 años y para los ciudadanos de 70 años o más. También podrán votar los procesados que se encuentren cumpliendo prisión preventiva.

¿Qué es el padrón electoral?

El padrón electoral es la lista de todas las personas que pueden votar, que para esta elección son 1,2 millón. Tiene los siguientes datos de los electores: nombre y apellido, sexo, lugar y fecha de nacimiento, domicilio, profesión, tipo y número de documento, entre otros. Podés consultar el padrón electoral aquí

¿Con qué identificación puedo votar y en qué horarios?


Podés votar con cualquiera de estos documentos, siempre que sea el último ejemplar emitido: libreta de enrolamiento; libreta cívica; DNI libreta verde; DNI libreta celeste; tarjeta del DNI; libreta celeste; nuevo DNI tarjeta. Podés votar entre las 8 y las 18. Luego de sufragar la autoridad de mesa te hará firmar el padrón y te entregará un comprobante por el voto emitido.

¿Qué pasa si estoy enfermo?


Si el día de la votación estás enfermo y no podés ir a votar, pedí un certificado médico. Lo vas a necesitar para justificar que no votaste. Tenés 60 días después de la elección para presentarte ante la Junta Electoral Provincial (La Madrid 661) y llevar el certificado que justifica el motivo de tu falta.

¿Qué pasa si estoy de viaje?


Si mañana estarás a más de 500 kilómetros del lugar donde tenés que votar, presentate en la comisaría más cercana y pedí un certificado. Tenés 60 días después de la elección para justificar el motivo de tu falta. En caso de que estés a una distancia inferior, tenés la obligación de ir a votar si figurás en el padrón.

¿Qué pasa si no voy a votar?


Si no vas a votar, tenés que justificar las razones por las que no lo hacés. De lo contrario, vas a figurar en un registro de infractores y tenés que pagar una multa que asciende a los $ 50. Si no pagás la multa, no vas a poder realizar trámites durante un año en organismos públicos. En caso de que ya tengás una multa previa, se incrementará el monto a abonar por reincidencia.

¿Y si mañana me toca trabajar?


El trabajador que deba cumplir con una actividad está eximido de votar, pero puede ejercer su derecho al voto pidiéndole al empleador que le permita salir a sufragar. En el caso de que tenga que trabajar a varios kilómetros de la zona en donde está empadronado, quedará justificada su infracción mediante un certificado que puede hacerle su empleador. El trámite ante la Justicia Electoral es el mismo que si se encuentra de viaje.

¿Qué está prohibido por la veda?


Desde las 0 de mañana y hasta las 21 no podrán estar abiertos locales destinados al expendio de bebidas alcohólicas, sean mercados, restaurantes o bares. También estarán prohibidos los espectáculos, los actos electorales, la entrega de boletas, la difusión de encuestas, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral hasta pasadas tres horas de finalizar los comicios.

¿Se puede ingresar al cuarto oscuro con teléfonos celulares?


La Junta Electoral recomendó a los electores que no ingresen con celulares, cámara de fotos o de filmación ante la posibilidad de que puedan registrar las firmas de las autoridades de mesa y fiscales estampadas en los sobres o filmar el momento en que introducen el voto en el sobre completando así conductas irregulares sancionadas por la ley.

¿Qué prácticas irregulares ameritarán la acción de las fuerzas de seguridad?


La presentación de DNI falso al momento de votar; sustraer o destruir boletas o urnas durante el acto comicial; adulterar certificados y actas de mesa o telegramas; reemplazar boletas de votación oficializadas por votos no oficializados; retener el documento para evitar que el elector vote; amenazar a un elector para que no vote; u obligar a un elector a votar por un determinado candidato.

¿Cómo encuentro la boleta que busco? 


Las papeletas se ordenarán de menor a mayor según el número asignado a cada partido, de izquierda a derecha. Se precisó que los acoples de cada frente o partido se pondrán a continuación, ordenados del mismo modo. Para seguir con el siguiente frente o partido, tenga o no acoples, se dejará un espacio del ancho de un banco. Para los frentes o partidos sin acoples, su boleta se ubicará en un pupitre individual separado de uno y otro lado.

¿Qué pasa si faltan boletas en el aula?


El Presidente de mesa debe verificar que existan en todo momento boletas de las agrupaciones políticas, pero en ningún caso se hará antes de que hayan votado por lo menos 25 ciudadanos. Cuando falten las repondrá con la colaboración del delegado de la Justicia Electoral Provincial, que será el director o vicedirector de la escuela. La responsabilidad de contar con las boletas para reponer es de los fiscales partidarios.

¿Se podrán cortar las boletas?


Sí. Se puede poner la boleta oficializada completa de una misma agrupación, para todas las categorías de cargos. Sin embargo, también se pueden combinar las categorías de distintas agrupaciones. Se deben cortar por las líneas punteadas que separan las categorías de candidatos, pero siempre debe ponerse en el sobre una opción por categoría.

¿Y si en el sobre no pongo un cargo?

Hay boletas oficializadas de acoples con un cuadrante en blanco. Se puede agregar dentro del sobre el recorte con el voto para esa categoría de otra agrupación, sin necesidad de cortar el “cuadrado” en blanco de la primera boleta. En caso de que faltara, el voto seguirá siendo y en la categoría que quede vacante se considerará que el voto ha sido en blanco.

¿Cómo evito que mi voto sea nulo?


El voto es nulo si contiene boletas oficializadas de diferentes agrupaciones para las mismas categorías (por ejemplo, dos de concejales). Para que sea válido y afirmativo, el sobre no puede contener objetos extraños como clips o cintas. Las boletas tampoco pueden estar unidas por pegamento. En caso de haber varias boletas de la misma agrupación, se tomará solamente una de ellas como voto válido y las restantes se desecharán.

¿El escrutinio se podrá seguir online?

Sí. El escrutinio provisorio estará a cargo de la empresa informática MSA. Los telegramas de las más de 3.600 mesas serán digitalizados y enviados a un centro de cómputos. Allí, unos 250 operarios harán la carga de la información después de las 20 en la página web www.datosoficiales.com. La Junta Electoral estimó que los primeros resultados podrán conocerse a partir de las 23 horas.

Comentarios