La Justicia de Paz dejará de manejar papeles con billetes abrochados

El financiamiento de las notificaciones con dinero en efectivo regía desde 1977. Según la Corte, había que transparentar el sistema.

Depósitos bancarios y comprobantes reemplazarán el mecanismo arcaico consistente en abrochar los billetes a los documentos que debían ser notificados por los juzgados de Paz. Con esta decisión, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán suprimió el esquema de manejo de dinero en efectivo vigente desde 1977. La bancarización de los gastos de movilidad comenzará a regir tras la feria judicial de invierno: a partir de entonces, los jueces de Paz o sus representantes tendrán que pasar por la ventanilla para retirar los fondos aplicables a las diligencias de sus respectivas jurisdicciones y rendir cuentas. Esto último es tan novedoso como la eliminación del efectivo abrochado, cuyo empleo en los hechos no era monitoreado.

La reforma promovida por el alto tribunal remueve una “caja” que por mes movía, como piso, $ 180.000. Esta cifra surge de multiplicar los 6.040 trámites que registró la Superintendencia de los Juzgados de Paz entre mediados de marzo y de abril por $ 30, que es el valor actual asignado a cada kilómetro (equivale a dos boletos rurales). El cálculo considera el costo mínimo de las diligencias, pero este suele ser superior. Ese dinero iba, en principio, a los notificadores de cada juzgado de Paz, quienes lo usaban según su criterio. En la práctica, aquel sistema tan precario era cuestionado por dar lugar a un posible ingreso adicional a la retribución oficial, además de ofrecer grandes debilidades en materia de seguridad. La detección de estas y otras flaquezas había dado lugar a la elevación de distintos proyectos para dejar atrás los pesos abrochados.

Los vocales Daniel Posse (presidente), Antonio Daniel Estofán y Daniel Leiva juzgaron que la supresión de la circulación de los billetes resultaba “indispensable” en la Acordada 710 del 7 de junio pasado (René Goane y Claudia Sbdar no firmaron por estar de licencia, según el propio instrumento). Los integrantes de la Corte motivaron la reforma en la necesidad de liberar a los jueces de Paz o a sus representantes de la responsabilidad de trasladar el dinero en efectivo; de otorgar “comprobantes válidos” a los profesionales y litigantes obligados a afrontar los gastos de movilidad, y de conferir mayor transparencia al sistema.

Todo irá a una sola cuenta

La remodelación coincide con una serie de iniciativas para modernizar la Justicia de Paz, que exhibe un estado crítico por las vacancias que afectan a un tercio de las 72 oficinas. Además, tres solicitudes de destitución cuestionan la celebración de casamientos en otras provincias y la “caja” de ingresos adicionales derivada de las bodas a domicilio.

La propuesta aprobada por la Acordada 710/19 surgió de la propia Superintendencia de los Juzgados de Paz que durante años calculó los importes para el financiamiento de los trámites y sujetó los pesos correspondientes con broches. A partir de la entrada en vigencia de la bancarización, aquella oficina deberá depositar en una cuenta única toda la recaudación diaria en concepto de diligenciamientos y de actuaciones judiciales. “Esto posibilitará un adecuado seguimiento y control del dinero destinado a cada juzgado de Paz”, dijeron los vocales.

La Corte evaluó que la magnitud de los cambios obligaba a dejar sin efecto la Acordada 309 de 1977 que reglamentaba el circuito suprimido. La regulación adoptada este mes estipula que los jueces de Paz no cobrarán aranceles cuando la diligencia deba ser practicada dentro del radio de un kilómetro de la sede del juzgado -se entiende que el personal se mueve a pie- y, aunque la distancia fuese mayor, cuando se trate de medidas libres de derechos; encomendadas por la Justicia penal; no figuraran particulares interesados que deban abonar los gastos indispensables o cuando la parte proporcionara los medios de transporte (ver “Pautas del mecanismo incorporado”).

Los vocales Posse, Estofán y Leiva dispusieron que toda actuación sea registrada en la Superintendencia de los Juzgados de Paz antes de su diligenciamiento. Cuando el trámite exija un traslado más allá de un kilómetro de la sede, los aranceles de movilidad serán calculados a partir de la base de dos boletos rurales mínimos por kilómetro, computándose la distancia por el viaje de ida solamente. El diligenciamiento de varios oficios librados en el mismo juicio, que puedan hacerse simultáneamente, con igual recorrido y domicilio, será abonado como si se tratase de una sola notificación. Los oficios deberán registrarse en un libro especial, donde constarán las fechas de la recepción; del diligenciamiento -que no podrá exceder los cinco días hábiles- y de la devolución, que tendrá lugar dentro de las 48 horas de realizada la medida. Cuando los oficios fijen un día de audiencia, deberán ser devueltos con por lo menos 24 horas de anticipación a la fecha establecida para el acto procesal en cuestión.

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