Sabrina Pasarín podría seguir detenida durante ocho meses

Fue imputada por un delito que fija penas de hasta 25 años.

LA MUERTE. El jueves 20 del mes pasado, la imputada embistió con su camioneta al auto que conducía Carrizo.  LA MUERTE. El jueves 20 del mes pasado, la imputada embistió con su camioneta al auto que conducía Carrizo.

Sabrina Pasarín podría pasar al menos ocho meses encerrada si es que un juez de Instrucción acepta la prisión preventiva, como se lo solicitó la fiscala Adriana Giannoni. En la resolución presentada ayer, también se le cambió la imputación a la joven, de 21 años: paso de homicidio culposo agravado a homicidio simple con dolo eventual, calificación legal que contempla una pena más grave.

El jueves 20 de junio, la imputada conducía una camioneta Chevrolet S10 por calle San Martín. Al llegar a la esquina con José Colombres, embistió a un Corsa Classic que conducía Rodrigo Carrizo, de 31 años. El conductor salió expulsado del vehículo y falleció en el acto.

Los resultados de las pericias complicaron a Pasarín. Los primeros informes revelaron que circulaba a gran velocidad; que podría haber pasado un semáforo en rojo y que tenía alcohol en sangre. Giannoni consiguió que el juez le diera la detención después de que se negara a declarar en Tribunales.

Luego de que se difundiera el caso, se conoció que la imputada había protagonizado otro accidente letal. En septiembre de 2011, cuando tenía 14 años, se cayó de la moto que manejaba. Con ella, también viajaba Lucía Nieto. Pasarín sufrió heridas leves y su compañera de viaje murió un días después porque había dado la cabeza con una columna del alumbrado público en la avenida Alfredo Guzmán al 500. La familia de la víctima denunció una serie de irregularidades y amenazas. “Mi padre dejó todo cuando vino un abogado y le dijo que no siguiera adelante con la causa, porque podría perder otro hijo”, señaló Inés Nieto, hermana de la adolescente fallecida.

Al hacerse público este caso, el Ministerio Público Fiscal investigó qué sucedió con la causa. Así se estableció que el fiscal Arnoldo Suasnábar la había archivado en 2013. Había tomado esa decisión porque la Policía, según se informó, no pudo ubicar testigos del accidente ni a la familia de la chica para que los notificaran y se presentaran en Tribunales para conocer detalles de la investigación que venía realizado. Al mismo tiempo, se comprobó que el investigador había enviado en varias oportunidades oficios para que se le remitieran los resultados de informes clave, como el dosaje y la pericia planimétrica.

ACUSADA. Sabrina Pasarín podría seguir detenida.  ACUSADA. Sabrina Pasarín podría seguir detenida.

“Siempre supimos que ellos tenían poder para hacer lo que quisieran. Sí había testigos del accidente o por lo menos había gente que la había visto tomar antes de que se accidentara. Otra mentira es que no nos pudieron ubicar. Vivimos siempre en la misma casa y es imposible que nunca hayan podido encontrar a nadie”, comento Nieto, que ya inició los trámites para que la causa sea reabierta. Suasnábar había pedido que se la desarchive, pero ese paso no se terminó y se resolverá cuando finalice la feria, dentro de dos semanas.

Los fundamentos

La fiscala Giannoni, según confiaron fuentes judiciales, había decidido solicitar la prisión preventiva a Pasarín por cuatro razones fundamentales:

• Manejaba a alta velocidad en una calle ubicada en pleno centro, violando los límites de velocidad.

• Los análisis que se le practicaron demostraron que tenía alcohol en sangre.

• Consideró que Pasarín, al ser una persona preparada, debería haber tenido en cuenta que por su conducta podría provocar daños materiales y físicos a una persona.

• Es la segunda vez que provoca la muerte de un ser humano en un accidente vial.

Estos fueron los motivos también de la fiscala para cambiar de homicidio culposo a homicidio simple con dolo eventual. La primera figura contempla la muerte a alguien por imprudencia, negligencia o impericia, pero sin que el autor haya tenido intención de matar ni de provocar la muerte. Para este tipo de delito se prevé penas de seis meses a tres años de prisión. Esto permite que el condenado reciba una condena en suspenso, es decir, que no la cumple en la cárcel.

La figura de homicidio simple con dolo eventual se aplica cuando, para la Justicia, una persona tuvo que haber representado que, al realizar una determinada acción, podría ocasionarle la muerte a alguien y, pese a prever ese posible resultado, continuó con su accionar y no hizo nada para evitarlo. El código establece una pena de entre ocho a 25 años, y no es excarcelable.

Satisfacción

Jorge Lobo Aragón, representante legal de la familia Carrizo, se mostró complacido con el pedido de Giannoni. “Era lo que nosotros pretendíamos. Ahora falta que el juez que resuelva la situación en la misma línea. Está claro que la joven era perfectamente consciente del daño que podría generar y no se detuvo, siguió manejando. Además, no es la primera vez que lo hacía”, indicó.

“Esperamos que el fiscal Suasnábar actúe de la misma manera que su par en la anterior causa que involucra a Pasarín. Que se expida rápidamente y que realice todas las medidas pertinentes para que se sepa qué pasó con la desgraciada muerte de Lucía”, agregó el letrado, que también asiste a la familia Nieto.

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