Transporte: la Capital endurece las multas y declara el servicio como “esencial”

La Intendencia promueve una ordenanza.

Transporte: la Capital endurece las multas y declara el servicio como “esencial” LA GACETA/ ARCHIVO
11 Julio 2019

Las empresas de colectivos que interrumpan el servicio de transporte de pasajeros en la capital, o que usen los colectivos para cortar el tránsito en la ciudad, recibirá multas millonarias y hasta serán sancionadas con la caducidad de la concesión de la línea urbana que explotan. Así ocurrirá si el Concejo Deliberante aprueba la ordenanza que propone la Intendencia. LA GACETA tuvo acceso ayer al texto de la norma, que ingresará en la mañana de hoy, por mesa de entradas, al cuerpo vecinal.

El proyecto, rubricado por el intendente Germán Alfaro y el secretario de Gobierno, Walter Berarducci, modifica la ordenanza 400, de 1979, y fija en su artículo 1° que “la explotación del Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros dentro del radio del municipio de San Miguel de Tucumán es un servicio público esencial”. Consecuentemente, es una prestación que no puede dejar de prestarse.

“A diferencia de otras ciudades, que cuentan con alternativas de movilidad como subterráneos y trenes, los vecinos de esta capital cuentan casi en forma exclusiva con el servicio del transporte de colectivos. Por ello, el servicio del transporte urbano colectivo de pasajeros reviste indefectiblemente la característica, como medio de movilidad, de un servicio público esencial. Lo esencial de este servicio supone un impacto directo, por su contribución, al desarrollo de una vida digna de todos los usuarios”, se argumenta en la iniciativa.

“En el actual estado constitucional de derecho, debe garantizarse a los ciudadanos el acceso al servicio en condiciones de calidad, continuidad, regularidad, universalidad e igualdad”, se ratifica.

“Los últimos sucesos, que produjeron la interrupción del servicio, dan cuenta de que la prestación viene siendo severamente afectada. El enorme perjuicio hacia los vecinos, quienes en la mayoría de los casos ni siquiera puede acceder a sus puestos de trabajo, se traduce en un impacto negativo en la economía doméstica y de la ciudad”, se argumenta.

Castigos severos

Sobre la base de esta declaración de “servicio esencial”, el resto del proyecto “fortalece el sistema de sanciones para desalentar la interrupción del servicio”.

“La ordenanza sólo prevé multa económica cuando se deja sin colectivos a la capital. El proyecto, en cambio, tipifica que por falta de prestación del servicio puede caducar la concesión. Y la empresa puede quedar impedida de concursar una línea urbana durante 10 años”, precisa Berarducci.

Las interrupciones por menos de 48 horas recibirán multas y las que excedan los dos días consecutivos podrán perder la concesión de la explotación de la línea. A esto hay que agregar que las multas para las empresas pueden ir desde los 2.000 hasta los 100.000 viajes.

Correlativamente, las multas también se agravan. “Hasta ahora, el monto máximo establecido es $ 10.000. Ahora fijamos la pena en cantidad de viajes”, puntualizó.

Por ejemplo, cuando se usen los colectivos para cortar el tránsito, la multa será de 1.000 viajes por cada unidad. Y en caso de reincidencia o de que la protesta dure más de horas, se puede aplicar como pena la caducidad de la concesión.

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