Conocé todas las formas de votar en las elecciones PASO 2019

Estas son las maneras de proceder para que el voto cuente.

LA GACETA LA GACETA

Hoy, los electores van a las urnas para consagrar los candidatos de las diferentes fuerzas políticas que en octubre se disputarán la presidencia y la vicepresidencia de la Nación; y, en el caso específico de Tucumán, cinco bancas de diputados, del total de nueve que componen la representación provincial en la Cámara Baja. Cada ciudadano es libre de votar como le plazca. Puede hacerlo con la boleta completa de un partido o de un frente electoral. De la misma manera puede mezclar opciones de diferentes agrupaciones o coaliciones y unir en el cuarto oscuro lo que la política no consiguió ligar en acuerdos preelectorales. 

Es más, se puede sufragar sin poner en el sobre todas las categorías de postulantes. En todos estos casos, el voto será válido, si se toman una serie de recaudos para evitar, precisamente, que el sufragio sea anulado. Estas son las maneras de proceder para que el voto cuente.

1.- Con lista completa

En la mesa donde se debe sufragar, a cada ciudadano se le entregará un sobre que debe estar firmado por las autoridades de la mesa y por los fiscales. Colocar dentro una boleta oficializada completa de una agrupación con las categorías de Presidente y vicepresidente de la Nación y de diputados nacionales es un voto válido y afirmativo.

2.- Voto cortado

Los tucumanos encontrarán hoy, en el cuarto oscuro, boletas “largas” y “cortas”. Las primeras son papeletas que contienen las dos categorías mencionadas de precandidatos. Las “cortas” corresponden a binomios presidenciales que no presentan postulantes a la Cámara Baja en esta provincia, o a líneas internas de frentes electorales que sólo postulan precandidatos a diputados porque no se les permitió adherir en la boleta a la fórmula de Presidente y vice. 

Las boletas “largas” se pueden cortar por la línea punteada que separa las dos categorías de precandidatos. Luego, se pueden combinar opciones de diferentes agrupaciones: es posible votar por el binomio presidencial de una y por los precandidatos a diputados de otra, ya sean papeletas “largas” o “cortas”. Pero siempre debe ponerse en el sobre una sola opción por categoría.

3.- Sufragar solamente por una categoría

El elector puede sufragar únicamente por precandidatos a Presidente y vicepresidente de la Nación o sólo por precandidatos a diputados nacionales. Para ello, puede cortar por la línea punteada una boleta oficializada “larga” y colocar en el sobre una sola de las categorías; o tomar una boleta “corta” y colocar exclusivamente esa. En cualquier caso, la categoría por la cual no se haya votado será contabilizada como un voto en blanco.

4.- Empleo de boletas que presentan daños

Lo esperable es que el ciudadano coloque dentro del sobre con el cual va a sufragar la boleta completa o combinada (corte mediante por la línea punteada) en perfecto estado. 

Pero en caso de que no fuera así, si la boleta oficializada con la que se termina sufragando presenta algún grado de daño parcial, el voto será considerado válido y afirmativo en la medida en la que el nombre del partido político y de la categoría de precandidatos no presente roturas.

5.- Papeletas que contienen tachaduras o rayones

Otra caso en el que la boleta que se empleado para votar no se encuentra en óptimas condiciones consiste en que presente tachaduras de las imágenes de los postulantes o de los nombres de todos los precandidatos o de algunos de ellos. También está previsto que puedan darse situaciones en las cuales la papeleta presenta inscripciones que representan agregados o sustituciones. 

En todos estos casos, que en la legislación electoral argentina reciben el nombre de “borratinas”, el voto seguirá siendo considerado como válido y afirmativo si (al igual que en el caso de las boletas que presentan daños parciales) no se han visto afectados ni el nombre del partido político ni la categoría de precandidatos.

6.- Votar en blanco

Colocar dentro del sobre un trozo de papel de cualquier color, que no contenga textos, imágenes ni objetos extraños, es votar “en blanco”. También se puede optar, directamente, por enviar a la urna el sobre vacío y, a la hora del escrutinio, se anotará como sufragio en blanco. El voto en blanco es un sufragio válido. 

La Cámara Nacional Electoral lo define como “una manifestación de la voluntad del elector de abstenerse de elegir entre las diversas propuestas formuladas en un sistema legal de sufragio”. Lo considera, por ello mismo, como una herramienta del ciudadano para manifestar su disconformidad con los precandidatos o con las propuestas de las agrupaciones políticas. 

Eso sí: no es un voto afirmativo. A partir de ello, y como se explicó en la edición de ayer de LA GACETA, el voto en blanco será computado como tal durante las PASO, pero no será tenido en cuenta para el cálculo del resultado de las elecciones generales de octubre ni, eventualmente, para la segunda vuelta en noviembre. 

Esto se debe a que en las primarias (Ley 26.571 de “Democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral”) se computan los votos válidos (tal el caso del voto en blanco), mientras que en las generales se toman en consideración los votos válidos y afirmativos (artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional), y el sufragio en blanco no cumple con esta última condición.

7.- Más de una boleta por sobre, pero todas idénticas

Es innecesario colocar varias boletas de la misma agrupación para las mismas categorías. Cuando se encuentren durante la realización del escrutinio se encuentre sobres que presenten esa modalidad de emisión del sufragio, se tomará solamente una papeleta por categoría como voto válido y afirmativo. La validación se debe a que, al ser todas las papeletas iguales, no se presenta un caso de contradicción en la expresión de la voluntad del elector, ni tampoco un caso de doble voto. Las restantes boletas contenidas en el sobre, simplemente, serán desechadas.

Los votos nulos

A.- Es inválido poner listas de varias fuerzas en la misma categoría

El voto es nulo cuando el sobre con el cual se ha sufragado contiene boletas oficializadas de diferentes agrupaciones para las mismas categorías. Es decir, cuando se colocan papeletas con precandidatos a Presidente y vicepresidente de la Nación de diferentes partidos y cuando se depositan boletas con precandidatos a diputados nacionales de diferentes agrupaciones. De la misma manera, si se coloca una boleta “larga” completa y en el mismo sobre también se pone una boleta “corta” (por ejemplo) de precandidatos a diputados nacionales, será nulo el voto para esta última categoría.

B.- Colocar objetos extraños en el sobre anula el sufragio

Para que el voto que se emite sea considerado válido y afirmativo, en el sobre sólo debe colocarse la papeleta (o la combinación de boletas, en caso de voto cortado) con la que se va a sufragar. Cualquier objeto extraño anula el voto. Consecuentemente, no pueden colocarse clips para sujetar boletas. Tampoco las boletas pueden ir unidas por pegamentos de ninguna clase ni por cintas. De la misma manera, el sobre tampoco puede contener otra clase de elementos, porque lo que se busca es conjurar que un elector, bajo coherción, deba identificar su voto con algún distintivo. El sufragio es libre y secreto.

C.- poner la fotocopia de una boleta en el sobre tampoco es válido

Colocar dentro del sobre una boleta no oficializada anula el voto. En todos los casos se debe sufragar con boletas oficializadas por la Justicia Nacional Electoral. Esas papeletas deben cumplir con una serie de requisitos: por ejemplo, el papel que se use debe tener un gramaje específico, que puede variar en un porcentaje mínimo y máximo. Consecuentemente, es nulo el voto que se emite empleando una fotocopia. Por ello, debe sufragarse con las boletas que se encuentran en el cuarto oscuro o con las que han suministradas oficialmente por cada agrupación política durante la campaña electoral.

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