La compra de dólares para atesoramiento también tendrá un impuesto del 30%

El proyecto enviado al Congreso establece con "carácter de emergencia" el tributo por los próximos cinco años una vez aprobado.

La compra de dólares para atesoramiento también tendrá un impuesto del 30%
17 Diciembre 2019

El gobierno cobrará un impuesto de 30% a todas las compras de dólares "para atesoramiento" que se hagan dentro del país -incluidos los US$ 200 mensuales que permite el cupo vigente hoy-, y no solo a las operaciones en el exterior o de "dólar turista". 

La decisión forma parte de la ley omnibus conocida como "Ley de solidaridad social y reactivación productiva" que enviará este martes el Poder Ejecutivo al Congreso.

El proyecto indica que el impuesto de 30% se aplicará por cinco años e incluye la adquisición dentro del territorio nacional de dólares y cualquier otra moneda extranjera -inclusive los cheques de viajero- "para atesoramiento". Eso incluye los US$ 200 mensuales que se pueden comprar por persona según el cupo que rige hoy.

“No hay cambios. El cepo fue puesto en un momento de gran ansiedad. Nosotros ahora buscamos tranquilizar a la economía argentina. Iremos dando pasos en función de cómo vaya evolucionando la economía”, aseguró hoy el ministro de Economía, Martín Guzmán, en conferencia en una conferencia de prensa. También precisó que el recargo de 30% no regirá para importaciones.

Martín Guzmán Martín Guzmán

Así, las operaciones alcanzadas son: la compra de divisas en moneda extranjera para atesoramiento; el cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta del adquirente destinadas al pago de la adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior y servicios prestados por sujetos no residentes en el país; la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes del país; y la adquisición de servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país.

Si la operación se realiza mediante tarjetas de crédito o débito, el impuesto alcanza a quien sea su titular. Estarán exceptuados del impuesto los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato y utilización de plataformas educativas.

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