Las claves de la ley que suspende los cobros automáticos en los créditos de los empleados públicos

Se trata de prórroga, más no una eximición, del pago de las cuotas, si es que el trabajador no puede abonarla.

EN EL BOLSILLO. Serán muchos los trabajadores que verán aliviados sus bolsillos, sostienen desde los gremios. EN EL BOLSILLO. Serán muchos los trabajadores que verán aliviados sus bolsillos, sostienen desde los gremios. ARCHIVO
14 Abril 2020

La ley que suspende los cobros automáticos en los créditos personales para los empleados públicos, sancionada hace una semana por la Legislatura y promulgada ayer por el Ejecutivo, dispone que, en el marco de la emergencia por el coronavirus, se prorroga -es decir, no se exime- el descuento “por planilla”, en los sueldos de abril y mayo, para los agentes de la Administración Pública, siempre que no sean cargos jerárquicos (es decir, alcanza hasta el rango de subdirector o equivalentes). 

1- Se suspende el débito automático que, por contrato, efectúa el Banco Macro en los créditos personales a empleados de los tres Poderes y entes autárquicos.


2- La medida implica que se prorroga el débito a aplicar en los sueldos de abril y mayo (se pagan en mayo y junio, respectivamente). No se trata de una eximición.


3- Si el agente estatal -no alcanza cargos jerárquicos- decide no abonar la cuota, el saldo de la deuda será prorrateado en cuota sucesivas, con montos idénticos.

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