Las 10 claves a tener en cuenta sobre la ley contra los "motochorros"

El Gobierno anunció las disposiciones a cumplir por los motociclistas una vez que comiencen los controles viales.

RESTRICCIONES. Efectivos impiden el paso a un motociclista durante la veda. LA GACETA / Foto de José Nuno RESTRICCIONES. Efectivos impiden el paso a un motociclista durante la veda. LA GACETA / Foto de José Nuno
30 Mayo 2020

La Legislatura sancionó el miércoles pasado un proyecto de ley contra los motochorros, que apunta a endurecer los controles viales como método de prevención del delito. Si bien el Poder Ejecutivo (PE) todavía debe publicar y promulgar la normativa, la Casa de Gobierno dio a conocer las directivas que deberán cumplir los usuarios de estos rodados.

Con estas disposiciones, se espera reducir en un 30% la cantidad de arrebatos en Tucumán, explicó el presidente de la comisión de Seguridad del Poder Legislativo y autor del proyecto original, Gerónimo Vargas Aignasse. Una vez que los operativos se pongan en marcha, los motociclistas tendrán que estar adecuados a las normas para evitar multas e incluso el secuestro de su vehículo. El ministro de Seguridad, Claudio Maley, había anunciado que la intención era comenzar a trabajar con esta herramienta a partir de junio, aunque primero está prevista una campaña de concientización y difusión de la normativa.

¿Qué tenés que saber sobre esta nueva ley?

1) Se realizarán 120 controles por día. Al ser una ley, los operativos podrán tener lugar en toda la provincia. Participarán la Policía de Tucumán, las fuerzas federales con asiento en esta jurisdicción y auxiliares del Ministerio Público Fiscal.

2) Papeles en regla. En los controles, al usuario de la moto se le va a requerir toda la documentación relativa al vehículo: cédula, licencia de conducir y seguro.

3) Casco y chapa patente. El motociclista deberá tener puesto el casco en todo momento, y si lleva un acompañante, también deberá contar con el suyo. También serán estrictos con el número de dominio del rodado: deberá estar colocado en el rodado, en un lugar adecuado y con tipografía legible.

4) Una moto, un adulto. La normativa establece que no podrán circular en una motocicleta dos personas adultas que no cuenten con el permiso oficial, sin importar si se trata de hombres o mujeres. Este impedimento regirá durante todo el día.

5) Acompañantes exceptuados (1). El usuario que tenga todo en regla podrá llevar en la moto a un menor de 15 años, sin necesidad de autorización especial. 

6) Acompañantes exceptuados (2). También estarán habilitados a circular dos personas adultas si tienen relación de parentesco directo (esposo y esposa; padre o madre e hijo o hija).

7) Motivos especiales. También estarán exceptuados del permiso oficial los acompañantes sin habilitación en caso de "circulación por razones de fuerza mayor", como puede ser el traslado de urgencia a un centro asistencial.

8) Permiso para trabajadores y estudiantes. Los acompañantes que no estén exceptuados deberán contar con el permiso obligatorio de circulación. Para trabajadores y estudiantes, según el Gobierno, se lo expedirá "vía web, de manera gratuita e inmediata". Estará a cargo del Ministerio de Seguridad de la provincia.

9) Duración. El permiso será válido por un período de seis meses, y podrá ser renovado por el usuario.

10) Multas e intervención judicial. Los usuarios que incumplan con las disposiciones podrán ser objeto de multas, y su moto, retenida en calidad de secuestro. Además, el Ministerio Público Fiscal asignará a una fiscalía especializada el delito de motoarrebato. Los empleados judiciales verificarán la legalidad de la patente, números de chasis y de motor y los antecedentes del conductor y su acompañante,


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