Buscan aumentar las penas contras las personas que difundan o publiquen imágenes no consentidas de desnudez. El Senado le dio media sanción y giró a la Cámara de Diputados el proyecto de ley.
La iniciativa, unificada a partir de dos textos presentados por las senadoras Claudia Ledesma Abdala de Zamora (FdT) y Silvia Elías de Pérez (UCR), fue votada en general por unanimidad pero senadores de Juntos por el Cambio y el interbloque Parlamentario Federal votaron en contra de un artículo.
Durante el debate, Ledesma Abdala de Zamora dijo que se trata de un fenómeno mundial creciente del cual nuestro país no está al margen. “Si bien es un fenómeno que afecta a hombres y mujeres, la mayoría de las veces se ha comprobado que, una vez más, a las que más nos afecta, incluso profesionalmente, es a las mujeres”, remarcó.
Una tragedia
“Lo que muchas veces comienza como un simple juego íntimo, no se dimensiona que se está a un clic de apretar una tecla y que esto se transforme en una tragedia con consecuencias y con destinos realmente irreparables”, advirtió.
La senadora santiagueña indicó que estos hechos dejaron de pertenecer al mundo de los jóvenes y nos afecta a toda la sociedad. "Han crecido, al punto que en 2008 -según datos de la División de Delitos en Tecnología de la Policía Federal Argentina, se registraron anualmente 250 casos de esta naturaleza, mientras que en 2019 y lo que va de 2020 han crecido de tal magnitud que es prácticamente imposible de registrarlos”, precisó.
Con más frecuencia
La senadora por Tucumán, Silvia Elías de Pérez, dijo que la intimidad refiere a “la esfera más personalísima, que debe estar a salvo de este tipo de maniobras que vemos cada vez con mayor frecuencia”.
“Si bien nuestro Código Penal recepta la importancia de proteger el ámbito privado -explicó-, creemos que hace falta tipificar una conducta específica relativa a la difusión de documentos de contenido sexual”, agregó.
La legisladora insistió en que “las conductas en este sentido crecen de manera descomunal” y el contenido de las imágenes “se viraliza en segundos, creando bibliotecas verdaderamente infinitas”.
Las modificaciones
El proyecto plantea modificar el artículo 155 del Código Penal, de modo de aumentar las penas de multa de $ 10.000 a $ 100.000 -actualmente van de $ 1.500 a $ 100.000- para “el que hallándose en posesión de una correspondencia, una comunicación electrónica, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, no destinados a la publicidad, los hiciere publicar indebidamente” y “el hecho causare o pudiere causar perjuicios a terceros”. Y agrega que la misma pena corresponderá a “quien facilitare esa publicación”.
El texto introduce a ese artículo “la pena de prisión de tres meses a tres años y el doble de la pena de multa” para quien “por cualquier medio, y sin expresa autorización, difundiere, divulgare, publicare, distribuyere o de cualquier manera pusiere al alcance de terceros documentos obtenidos en un ámbito de privacidad con contenidos de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas, incluso mediando el consentimiento de la víctima”.