Por Irene Benito, Federico Diego van Mameren y Álvaro José Aurane 03 Septiembre 2020
“RÉCORD”. Según Leiva, las liberaciones se dieron en menos de un año. la gaceta / foto de josé nuno (archivo)
El martes, cuando el juez de Impugnación de la Capital Enrique Pedicone le endilgó la presunta comisión de los delitos de tráfico de influencias e incumpliento de los deberes de funcionario público, se defendió. El denunciante sostuvo que grabó al vocal de la Corte, Daniel Leiva, cuando le pedía que “maneje la intensidad” de la causa contra el legislador Ricardo Bussi por supuesto abuso sexual y corrupción. Leiva negó todo. Y ayer, contraatacó.
“Quiero que a la comunidad tucumana le quede muy en claro el verdadero motivo del interés permanente de Pedicone en reunirse conmigo: ocurre que él, en contra del ordenamiento jurídico vigente, procedió a liberar durante los meses anteriores a más de 100 personas que se encontraban con prisión preventiva por resultar ser presuntos autores de abusos sexuales, homicidios, robos, lesiones, violencia de género”, le manifestó el miembro del superior tribunal ayer a LA GACETA.
Leiva entregó ayer a este diario un listado identificando 107 causas en las cuales -hace hincapié- “durante menos de un año” Pedicone revocó las prisiones preventivas de los procesados y dispuso su libertad. “El número en sí mismo es un récord”, aseguró el juez cimero.
De acuerdo con la nómina entregada por el vocal de la Corte:
• 20 son causas por homicidio (18,6%)
• 55 corresponden a casos por robo agravado (51,4%)
• 9 son por robo (8,4%)
• 6 son por abuso sexual (5,6%)
• 1 es por abuso con acceso carnal (0,9%)
• 4 son por lesiones
• 3 son por tentativa de homicidio (2,8%)
• 3 son por asociación ilítica (2,8%)
• 2 son por estafa (1,9%)
• 1 es por hurto (0,9%)
• 1 es por tenencia de arma (0,9%)
• 1 es por tentativa de robo (0,9%)
• 1, por hábeas corpus (0,9%)
“El magistrado entendía que los procesados por estos delitos no podían permanecer presos, apelando al ‘tecnicismo jurídico’ de que a los imputados no se les había puesto en conocimiento que los fiscales de Instrucción requerían la privación de su libertad. Sin embargo, no existe ninguna norma que así lo disponga, porque los imputados cuentan con otras posibilidades de ejercer su derecho de defensa”, manifestó Leiva.
Según el vocal, en la Corte “mediante sus diferentes miembros dejó sin efecto cada una de esas sentencias ilegítimas dictadas por Pedicone. Se revocaron las libertades que él había concedido en estas causas y de ese modo cerró jurisdiccionalmente la discusión de cada uno de esos asuntos”, puntualizó.
Precisamente, el vocal de la Corte subrayó que el ex camarista penal (era el cargo de Pedicone antes de la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal de Tucumán) insistió con verlo el mes pasado para consultarle si en la Corte Suprema había “novedades” respecto de esas causas o respecto de su actuación en ellas.
“Esto es lo que verdaderamente le preocupa a Pedicone: el hecho de que liberó, en menos de un año calendario, a todos esos imputados. Hay un caso de abuso sexual en el cual él liberó al acusado, y en el que la Corte restituyó la prisión preventiva: al imputado, en un juicio abreviado en el que las partes se ponen de acuerdo, le dieron 11 años de prisión. Esto es lo que el juez no quiere que se conozca y se ve que está dispuesto a inventar lo que sea para distraer la atención respecto de esa cuestión tan inexplicable”, afirmó.
“Es en esta instancia en que Pedicone pretende erigirse en guardián de las instituciones, estoy convencido de que la sociedad tucumana sabrá evaluar la responsabilidad que le cabe al magistrado por haber liberado de ese modo, apelando a su mentalidad creatividad, a todos y cada uno de esos acusados por delitos gravísimos, muchos de los cuales hoy se encuentran condenados en nuestros Tribunales”, concluyó.
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