Por Irene Benito, Federico Diego van Mameren y Álvaro José Aurane 16 Noviembre 2020
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN. El justicialista Zacarías Khoder.
Zacarías Khoder (PJ), presidente de la comisión de Juicio Político de la Legislatura, habría pedido a la escribana María Cecilia Aragón menos pruebas de las que debía. Entre la Resolución 512 del 6 de noviembre del comité legislativo y el oficio librado por Khoder a la escribanía quedaron en el camino los audios que el juez Enrique Pedicone grabó para sustentar su acusación contra Daniel Leiva, vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. Aquella diferencia fue advertida por el juez, quien en una nueva presentación informó a la comisión sobre la omisión de Khoder y el incumplimiento de la orden dada por el cuerpo, incluido él mismo. Pedicone, quien enfrenta siete pedidos de destitución articulados a posteriori de su denuncia contra Leiva, insistió en que las grabaciones depositadas en la notaría de Aragón son esenciales para la averiguación de la verdad y la resolución del conflicto.
“Hemos tomado conocimiento de que Khoder requirió a la escribana sólo una parte de la prueba ordenada por la comisión en el punto 3 de la Resolución 512 (atinente al pedido de expulsión presentado por el abogado Alfredo Falú)”, dijeron Pedicone, y sus letrados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig. El escrito del 12 de noviembre está dirigido al cuerpo de 12 legisladores encargado de resolver si acusa a los jueces ante el Jurado de Enjuiciamiento, órgano competente para depurar la magistratura provincial.
“Venimos a solicitar que a la mayor brevedad se provea de manera completa la prueba”, manifestaron el juez y sus abogados. Y añadieron: “se impone que la comisión, en especial su presidente, cumpla con la manda completa decidida por el pleno en la Resolución 512. y pida a la escribana Aragón el material depositado por Pedicone con el estricto control de las partes y de los técnicos que estas designen para evitar adulteraciones o manipulaciones incorrectas”.
Las grabaciones en cuestión aguardan en la escribanía desde el 8 de septiembre. Originarimente Pedicone dispuso que los archivos de voz; los dispositivos usados para registrarlos y un acta manuscrita del fedatario Fernando Valladares fuesen entregados a la fiscala Mariana Rivadeneira en su presencia, y con garantía de la cadena de custodia. Pero, sin oírlas de manera oficial, Rivadeneira solicitó la exclusión de las grabaciones en virtud de un planteo de Leiva y, a continuación, el juez Juan Francisco Pisa hizo lugar a la petición mediante una sentencia que aún no está firme (ver por separado la recusación de uno de los jueces que debe revisar este fallo).
A diferencia de Pisa, Juicio Político aceptó los audios. “Facultamos al presidente a pedir, en copia certificada, el acta labrada por requerimiento de Pedicone y del material depositado por este”, dice la Resolución 512 (ver facsímil). Firmaron el acto los legisladores oficialistas Khoder, Gonzalo Monteros, Renée Ramírez, Carlos Gómez, Sergio Mansilla, Enrique Bethencourt, Graciela Gutiérrez y Mariela Reyes Elías; el alperovichista Julio Silman y el bussista Mario Casali.
Antes de atacar las diligencias practicadas en la escribanía de Aragón, que quedó en el medio del conflicto, Pedicone había objetado la falta de citación a prestar declaración testimonial de tres funcionarios públicos judiciales (se informa por separado). Estas presentaciones se inscriben en una cadena de tensiones que comenzó cuando la comisión, el mismo 5 de octubre, resolvió archivar y rechazar las seis denuncias contra Leiva, y dar curso a las siete de Pedicone. El comité a posteriori desestimó la pretensión del denunciante del vocal de contestar las acusaciones en una audiencia oral y pública, y las recusaciones que aquel dedujo contra los peronistas Khoder, Reyes Elías y Adriana Najar por “prejuzgamiento”.
Plazo decisivo: el 28 de noviembre vence el término para definir la situación del denunciante Leiva
La comisión de Juicio Político de la Legislatura dispone de tiempo hasta el 28 de noviembre para resolver si solicita la destitución del juez Enrique Pedicone ante el Jurado de Enjuiciamiento. El artículo 28 de la Ley 8.734 otorga 20 días hábiles para decidir contados desde la fecha de contestación de los traslados. En el supuesto de Pedicone, los legisladores deben tomar decisiones atinentes a siete denuncias.
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